¿Se puede descontar de la herencia deudas personales?

¿Se trata que una hermana de mi madre le quiere descontar una deuda personal a través de la herencia se puede hacer eso? ¿Es prohibido o no?

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Son dos procesos diferentes porque además afectan a personas diferentes. Es decir, en un principio, se hará la repartición de bienes de la herencia de tu abuelo/a entre sus herederos (tu madre y tia/os) o los que existan.

Y posteriormente, si la hermana de tu madre quiere recuperar la parte que la adeuda tu hermana (que es ajeno a la herencia), bien puede llegar a acuerdo con ella en la forma de pago,(usando los bienes o derechos heredados) y así se lo podrá devolver o deducir, y sino hay acuerdo, la hermana de tu madre tendrá que reclamarselo judicialmente en un proceso civil de reclamación de cantidad. Pero, los herederos (Tu madre y hermana) no disponen en principio como se reparten la herencia, eso lo realiza la persona que hace el testamento.

Muchas gracias me ayudo mucho su respuesta, pero quisiera añadir algo más a mi abuelo materno le expropió el municipio de la ciudad en que yo vivo, un lote de terreno por el cual le depositaron en el juzgado de lo civil la cantidad de 133.000 dólares y son 7 herederos, se ha nombrado un procurador común, mi pregunta es podrá el señor juez girar cheques para cada heredero o hará uno solo para el procurador.

Viendo tu pregunta, tengo indicarte que la respuesta que te he facilitado es conforme a la legislación española y aplicable en España. Cuando veo que mencionas dolares, entiendo que no estás en España, y por lo tanto, la orientación legal que te doy no es aplicable fuera de este ámbito. Desconozco como se realiza la repartición de herencias en México, Argentina, Chile, Venezuela o EEUU u otros países fuera de España.

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