Cerramiento patio con cristal en medianera

Hace 5 años aproximadamente hicimos un cerramiento de una terraza, a modo galería, con un cristal fijo y opaco sobre la medianera( de la línea media hacia nosotros) como nos indicaron. Ahora los vecinos dicen que esta mal... Que no pedimos permiso...( no existía comunidad cuando lo instalamos) y años después se aceptaron en comunidas los cerramientos que ya estaban instalados. Ellos dicen que lo tengo que mover pero me dice el abogado y el instalador que lo puso que esta en mi propiedad y que no tengo porque moverlo. ¿Es así realmente?

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Respuesta

Usted está en régimen de propiedad horizontal con respecto a sus vecinos, lo cual significa que las normas sobre medianería generales del Código Civil (pensadas para fincas segregadas y colindantes) no son aplicables a su muro, en la medida en que una ley especial diga una cosa distinta. La ley que se aplica a su situación es la Ley de Propiedad Horizontal, que efectivamente permite que haga usted una obra de aprovechamiento de su finca, pero con una excepción: que no "perjudique los derechos de otro propietario" (art.7).

Eso significa que de ninguna manera la comunidad de propietarios le puede otorgar permiso para levantar un muro o modificar su apariencia, si ello conlleva, por ejemplo, que el vecino se quede sin ventilación, luz o quede frustrada alguna necesidad que sí estaba satisfecha antes de la elevación. La conclusión de esto es que su vecino tiene legitimidad, sin contar para nada con la comunidad, para demandarles a ustedes, si efectivamente hay un perjuicio claro de sus derechos. Esa es la visión profesional del problema: preocúpese de que un perito no ponga objeciones a la elevación, y rechace un enfoque medianero.

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