Trabajar con capacitación transporte alquilada
Creo que pronto voy a aquilar la capacitación de transportes a un transportista de camión pesado que está creando una S.L. Incluyéndome a mí como directivo, y haciendo un poder notarial general a mi favor, como parece que es necesario en estos casos. Lo hice así igual hace un año, con la misma persona, aunque al final cerró la empresa y me dio de baja.
Mi pregunta es, y teniendo alquilada esa capacitación, (la mía era de ligero del año 97 y de las que luego pasaron creo, con la ley del 2013 ha pesado e internacional),...
1) Puedo hacer transportes con una furgoneta que no sobrepase los 2.000 Kgs. De MMA.? Y...
2)¿En ese caso habría que darse de alta también en autónomos? .. O no sería necesario al figurar ya en el Régimen Gral. De la S.S. Con esa empresa que capacito, (en cuyo caso supongo que tendría que facturar como si fuese ella quien realizó el porte, aunque a mi no me interesa en principio mezclar las cosas, pero solo preguntaba por conocer si sería posible.
3) En algunas respuestas que he leído, aunque creo que de hace tiempo, veo que convendría poner alguna cláusula de exención de responsabilidad pecuniaria, de dinero y bienes personales, en el poder notarial por si acaso, ... ¿esto sigue siendo conveniente?, ¿O tal vez la legislación a cambiado en algún sentido y el riesgo está minimizado?