Impago de 400€ por venta de manualidades

Mi consulta es por una deuda de 400€ impagada desde hace 5 años. Mi pareja hizo unas manualidades para la boda de una conocida que aceptó pagarle 400€ por los materiales. Desde entonces siempre ha respondido con evasivas. Tenemos mensajes de whatapp en los que reconoce la deuda e incluso indica que ha hecho el pago vía transferencia (que casualmente nunca llegan). ¿Qué podemos hacer?

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Los mensajes de wasap te valdrán como prueba en el juicio, pero para presentar la demanda monitoria necesitarás tener un documento que acredite la deuda (contrato, facturas, albaranes, documento comercial, ect...)

En resumen, puedes presentar una demanda monitoria de reclamación de cantidad en el juzgado correspondiente al domicilio del deudor. Siempre que acredites junto con la demanda, la deuda bajo alguna forma documental (facturas, albaranes, contratos etc.)

Para presentar una demanda monitoria no hace falta abogado ni procurador. Eso si, tendrás que pagar previamente la tasa judicial previamente (100 euros). Puedes hacerlo directamente tú rellanando el formulario y presentándola en el juzgado. Además como la deuda no supera los 2000 euros, en caso de que la parte contraria se oponga diciendo que ya está pagado o otra causa, el proceso judicial pasará de un monitorio a un procedimiento verbal, pero para el caso tampoco necesitarás abogado ni procurador.

Si decides ir con un abogado para que te presente la demanda monitoria, y la parte deudora paga dentro del plazo, no podrás repercutirle las costas de tu abogado. (Siendo tan poco cantidad, no utilizaría abogado)

Basicamente, el juzgado después de que tu presentas el formulario de demanda monitoria dará traslado a la parte contraria para que 20 días para que realice lo que consideré (pagar, no pagar: oponiéndose alegando lo que considere (deuda pagada, deuda ficticia, falta de legitimación, falta de documentación que pruebe la existencia de la deuda, etc..) o la opción 3 que no se presente.

En caso de que no se presente, el juzgado decretará la ejecución (embargos) a la persona deudora.

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Solicitar el auxilio judicial. Un procedimiento monitorio, que le darán 20 días para pagar, y si no paga en ese plazo podrás embargarle sus bienes

Agradezco mucho su rápida respuesta, pero no entiendo bien de qué se trata... ¿Denuncia en la policía? ¿En el juzgado?

Demanda en el Juzgado. Juicio verbal o monitorio, habría que ver otras circunstancias que de forma excelente te contesta el compañero

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