Alquilar mi vivienda (sin estar escriturada a mi nombre)

Adquirí un piso mediante "alquiler con opción a compra", aunque realmente, en el contrato no especifica nada de alquiler/arrendamiento, sólo que la cantidad acordada se pagará:

1º Entrada

2º- 36 mensualidades

3º- Resto (hasta llegar al precio pactado)

Al pasar los 36 meses, pediré una hipoteca para afrontar el último pago. Hasta entonces, la vivienda estará escriturada a nombre del anterior propietario.

Yo pago, todos los gastos del piso, comunidad, seguro...

Mi pregunta es, ¿Puedo alquilar la vivienda? ¿Cómo puedo hacerlo?

Respuesta
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Es difícil contestarle sin ver exactamente el contrato que firmó.

Una cosa es un contrato privado de compra-venta "a plazos", y otra un alquiler con opción a compra...

En el primer caso - parece una compra venta privada - espero que haya tomado las precauciones necesarias para que el vendedor no pueda vender el piso a otro ... o para que si a usted le pasa algo les devuelvan las cantidades pagadas a sus herederos, o les den la opción de continuar con la compra a ellos... No veo que no pueda alquilar, pero si no en el registro, en el catastro al menos debiera usted figurar como dueño para imputarse las rentas de arrendamiento .. repito si es UNA COMPRA-VENTA (ya le digo que sin ver el contrato nadie se va a atrever a darle una respuesta)

En el segundo sería un subarriendo y estaría prohibido salvo permiso específico..

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No es posible contestar sin ver el contrato que Usted firmó. Mi consejo es de ir a hablar con un abogado experto en temas de viviendas antes de pensar en alquilar la misma sin saber si Usted es realmente propietario de la misma y desde cuando exactamente. Una simple escritura privada entre Usted y otras persona conlleva riesgos y es mejor consultar un abogado. Un cordial saludo y mucha suerte!

Respuesta
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Habría que examinar el contrato, partiendo de elo que usted coment el contrato refleja una venta a plazo no un alquiler con opción a compra.

Que pueda alquilarla o no dependerá de lo que diga el contrato, pero para eso habría que verlo entero.

Saludos

http://gracianiasesores.com 

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