Responsabilidades en pago de escrituras

Deseo saber de que manera van repartidos los gastos del pago de unas escrituras de propiedad entre en comprador y el vendedor

2 Respuestas

Respuesta

Este es un tema que se negocia entre ambos, si bien el interesado en que salga todo correctamente y esté inscrito es el comprador. Por ello lo normal es que el vendedor se limite a firmar, a recoger el cheque y a irse de notaría. Hay una excepción legal: la plusvalía, que tiene que pagar el vendedor. Se le sugiere que vaya al ayuntamiento y pida un certificado del coste de la plusvalía antes de la compraventa, y que discutan el importe de la misma y quien corre con ese pago, antes de firmar.

Respuesta

Completamente de acuerdo con el compañero Juan Carlos Santos, si bien voy a precisar algunos aspectos:

En España, salvo acuerdo entre las partes, por Ley corresponde:

Al vendedor:

  • Escritura matriz (la que se queda el Notario)
  • Cargas y gravámenes del inmueble
  • Certificado de eficiencia energética
  • Plusvalía
  • Declaración a Hacienda en el IRPF del año siguiente a la venta, del incremento o disminución patrimonial que le ha supuesto la venta.

Al comprador:

  • Copias de la escritura
  • Inscripción Registro Propiedad
  • ITP (Impuesto de Transmisiones patrimoniales, para viviendas de 2ª mano) o IVA (impuesto del Valor Añadido, para viviendas nuevas)
  • Gastos de Escritura del préstamo hipotecario (caso de necesitarlo).

La Notaria le corresponde elegirla al comprador.

En Colombia entiendo que más o menos será parecido, no obstante tendrá que consultarlo en cualquier Notaria próxima a su lugar de residencia.

Un saludo, cierre y no se olvide de valorar la respuesta.

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