Es un delito domiciliar gastos a una cuenta de la que no soy titular

Yo tenía una cuenta conjunta con mi madre y me pidió que cambiará la domiciliación de los gastos de esa cuenta a otra suya para cancelar la otra, pero en la otra cuenta yo no estaba de titular, yo no sabía que no se podía hacer ya que las compañías no me preguntaron en ningún momento si yo era la titular de la cuenta, sólo si era la ttitular del contrato a lo que conteste que no. Hace seis meses que falleció mi madre y con el tema de la herencia no hemos acabado bien entre los hermanos y ahora me amenazan con denunciarme por estar en desacuerdo con algunas decisiones que se están tomando. ¿Qué consecuencias podría tener si me denuncian?

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Mientras tu madre estuvo en vida la domiciliación de tus recibos es totalmente legal, dado que ella como única titular de la cuenta tuvo que dar la autorización al banco para que no rechazasen los recibos. Esa es una de las medidas que los bancos toman para evitar domiciliaciones ajenas no queridas por el titular. Si no se hizo así muy mal por el banco.

En cuanto a la herencia es otra cuestión. Tus hermanos como herederos al igual que tú, al menos te exigirán que todos los recibos que se hayan pagado a partir de la muerte de tu madre, su cuantía debes reintegrarla en la cuenta dado que el dinero a partir de ese momento es de todos los herederos. Si realizas eso, entiendo que no tendrás ningún problemas con tus hermanos.

Añado, obviamente debes cancelar todas tus domiciliaciones en esa cuenta.

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No es un delito el domiciliar los gastos a una cuenta ajena a la tulla mientras el titular sigue vivo y en pleno uso de sus facultades mentales, más sin envago si es un delito el hacer uso de recursos de una cuenta la cual el titular hoy en día se encuentra occiso o con algún definid mental el cual le impida tomar decisiones cuerentes.

Todo esto puede bariar dependiendo de que tipos de cargos sean, cuantos sean y cuales sean sus montos. Te recomiendo día aun los tienes actibos canselarlos lo antes posible y si tratan de proceder en contratulla aboga lo que me comentaste y que en cuanto pudiste los diste de baja para poder deslindarte.

Ojo espero y los servicios sean cosas cotidianas y con montos acorde al igual que no ayas dejado pasar mucho tiempo después de lo de tu mama para darlos de baja ni tampoco ajaendar nuevos después de lo de el acontecimiento pues esto da paso a sospechas de fraude.

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No vemos delito en ninguna de las acciones que comenta.

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