Contabilizar compra de un equipo para alquilar

Tengo una empresa que presta servicios de ahorro energético. Compro algunos equipos que luego los incluyo en mi prestación de servicios. Entiendo que la compra de estos equipos que son míos aunque luego sirvan para prestar mi servicio, tienen que contabilizarse en el grupo 21 y luego amortizarse, pero no estoy seguro. Estos equipos son una especie de medidores de suministro eléctrico que le instalo al cliente. Si alguien me puede aclarar la forma de contabilizarlo se lo agradecería.

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Si los equipos los tienes tú y los utilizas para prestar servicios a diferentes clientes y por lo tanto forman parte de tu inmovilizado entonces sí se contabilizan en una cuenta del grupo 21.

Pero sí esos equipo los instalas en un cliente y son parte de tu prestación de servicios entonces no es inmovilizado, serían compras que se contabilizarían en la 600.

Perdona que te moleste con otra pregunta relacionada con la anterior. Resulta que en mi prestación de servicios puedo elegir en el contrato si arriendo ese material o lo cedo a la empresa con la que contrato. Si lo cedo en vez de arrendarlo, puedo tenerlo como parte de mi activo y no como compra.

Muchas gracias por tu atención.

Si ese material lo vendes, lo alquilas, lo cedes o cualquier otro tipo de prestación no pertenece a tu inmovilizado.

Un ejemplo, si tu ordenador lo utilizas para desarrollar tu actividad entonces es inmovilizado pero si los compras para venderlos entonces son compras.

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