¿Qué diferencia existe entre comunidad de propietarios y mancomunidad?

Leyendo la escritura de división horizontal y la primero acta de cuando se constituyó, poner en los dos sitios que se constutiye como comunidad de propietarios. Somos 6 bloques más locales comerciales, es ahora cuando se ha formado un lío exigiendo a todos los portales tener el Nif, dicendo el administrador que era obligatorio, pero si aquí para aprobar cualquier cosa nos tenemos que reunir todos los vecinos aunque últimamente lo hacen los presidentes de cada portal pero eso sí sin consultar absolutamente nada con los vecinos de cada portal. De ahí mi pregunta, para ser una mancomunidad, que requisitos han de cumplirse en cada, he buscado documentación al respecto no encuentro ni un sólo acuerdo donde hallamos aprobado autorización donde los presidentes puedan reunirse, es más se le ha pedido el que se dejará de hacer dichas reuniones precisamente porque se toman decisiones y los vecinos no nos enteramos de nada sólo nos tienen en cuentan para pagar. Les diré que usamos dos tipos de coeficientes uno es que viene en la escritura de división horizantal y el otro es que tenemos para gagar los gastos comunes. Yo que creo que esa forma de actuar que tienen en estos momentos y desde hace algún tiempo es para meternosla doblada. Todo el dinero que se junta en cada portal es para pagar gasoil, limpieza etc... Es por eso que pienso que esto no es una mancomunidad sino que los seis portales actuan como uno sólo. Que pasamos debemos dar para saber si algún momento y sin pedir consentimiento algúno se han constituido cada bloque como comunidad independiente, solo hay un administrador para todos los bloques y lleva la contabilidad en su junto. Espero que me aclarén esto que me trae a mal llevar.

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Con la información que nos facilita sólo le puedo recomendar una cosa, acudir a la escritura de propiedad horizontal y ver lo que se dice en ella, y también acudir a los acuerdos del libro de actas.

Todo lo que no venga en la escritura de propiedad horizontal o estatutos debe haber sido acordado en acta. Cosa diferente es que por operatividad se hagan las cosas como usted comenta pero no quiere decir que esté bien hecho.

Un saludo.

Pd: recomendación hablar con el administrador y que le aclare todas sus dudas.

Precisamente es lo primero que hice irme a la escritura de división horizontal y pone que se constutiyó como comunidad de propietarios y después me he cogido ell libro de actas y en la primera acta del libro habla de la constitución viene recogido el acuerdo de constituirse como comunidad de propiestarios y además esto está registrado en él . Hay algo que me llama poderosamente la atención porque en el libro de actas no viene regocido ninguna de las reuniones de presidentes que celebraron con el anterior administrador que tuvimos echar por nos ocasionó muchos problemas. El nuevo administrador no sé si estará pasando al libro de actas las dos últimas reuniones de presidentes con las nadie está de acuerdo y mucho menos que se tomen acuerdos que atañen al interés general sin contar con todos los vecinos. Si esta forma de proceder de reunirse los presidentes no fuera legal, se puede pedir que anulen todos los acuerdos que han tomado y pedirle alguna responsabilidad a los presidentes por no contar con los vecinos para tomar los acuerdos. Decir también que ya se ha dicho al nuevo administrador que no queríamos reuniones de presidentes no sólo ha echo caso sino que túnica es hacerlo siempre así además dice que son legales y los acuerdos válidos. Por eso, preguntaba yo que podemos hacer al respecto. Lo que no sé es si mi bloque por ejemplo está registrado como una comunidad independiente, el administrador es único para los seis bloques. No sé, apuntarle que el dinero que se reúne de las cuotas es para pagar creo lo he mencionado anteriormente gastos comunes o alguna obra, porque incluso pagamos obras todos los bloques de un bloque en concreto. Estoy es un lio y uno no sabe ya donde ir a informarse para ver si esto es legal o no. Yo estaba pensando en preguntar en el registro de la propiedad por dos cuestiones para ver si hay tomó algún acuerdo para se hicieran las reuniones de presidentes, eso no aparece recogido en el libro de actas y otra para saber si bloque funciona como una comunidad independiente que yo creo. ¿Serían estos pasos correctos?

No le puedo dar respuesta a lo que pregunta porque no tengo la documentación pero lo que sí es raro es que el administrador y los presidentes estén haciendo algo mal durante tanto tiempo.

Un saludo.

Pd: recomendación ver si hay una escritura de la mancomunidad y un libro de la mancomunidad a parte del libro de su comunidad.

Yo creo hasta donde tengo conocimiento que no hay escritura de manconunidad ni libro de manconunidad, lo único que hay es un libro de actas para todos los portales y una solá escritura de división horizontal, de todas formas, estaba pensado en preguntar en el registro de la propiedad porque me estoy sospechando que se halla podido alguna modificación a dicha escritura sin contar con los vecinos. Ya le informaré

Ok. Mucha suerte.

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