Entre los gastos deducibles se encuentran los siguientes:
Ibi, reparaciones, comunidad, agua y basuras, seguro, inmobiliaria intereses del prestamo... todos ellos si son abonados por el propietario. Tambien es deducible un 3% del valor de la construcción en concepto de amortización. ¿En esto último si se tiene en cuenta los gastos de la compra? Notaria, registro... a la hora de determinar el valor de la construcción.
Te adjunto las explicaciones de la AEAT.
136536-GASTOS DEDUCIBLES: CONCEPTO
Pregunta ¿Cuáles son los gastos deducibles del rendimiento íntegro de capital inmobiliario? Respuesta
Son gastos deducibles del rendimiento íntegro del capital inmobiliario:
a) Todos los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos (entre ellos, intereses y demás gastos de financiación, gastos de conservación y reparación, tributos y recargos no estatales así como las tasas y recargos estatales, saldos de dudoso cobro, etc.), y
b) Las cantidades destinadas a la amortización del inmueble y de los demás bienes cedidos con éste, siempre que respondan a su depreciación efectiva, en las condiciones que reglamentariamente se determinen.
Normativa/DoctrinaArtículo 23 .1 Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 .
136535-gasto deducible:amortización del inmueble
Pregunta ¿Qué cantidad se deduce como gasto en el rendimiento del capital inmobiliario en concepto de amortización del inmueble? Respuesta
El porcentaje de amortización es del 3 por ciento, dicho porcentaje se aplica sobre el mayor de los siguientes valores:
El coste de adquisición. El valor catastral.
En ambos casos, sin incluir el cómputo del suelo.
Normativa/DoctrinaArtículo 23 .1 b) Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 .Artículo 14 Real Decreto 439/2007, RIRPF.