¿Me pueden despedir estando de baja en la empresa por enfermedad común?

Estoy de baja desde el 10 de febrero por miocardiopatía hipertrófica y por implantación de un DAI a causa de mi enfermedad, mi contrato termino el 10 de marzo pero aún sigo de alta en la empresa porque me sigue pagando la mutua. ¿Es por qué estoy de baja no me pueden despedir? ¿Si mi contrato era de un mes como sigo con la empresa? ¿Qué gasto está teniendo la empresa ahora conmigo? ¿Mi seguro social? ¿Y si me despiden cuánto cobraría?

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Respuesta

Si su contrato finalizó el 10 de marzo, usted sigue cobrando de la mutua con independencia de su puesto de trabajo, cobrará de la mutua hasta que le den el alta por su enfermedad. Le recomiendo que se ponga en contacto con la empresa para saber si, efectivamente, ha finalizado el contrato en la fecha fijada (10 de marzo) y, por tanto, le correspondería la liquidación del finiquito o, si le han prorrogado el contrato, por lo cual debería firmar la prórroga.

Para cualquier duda, me encuentro a su disposición en la dirección de correo electrónico [email protected] 

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