¿En qué tipo de locales privados se pueden realizar actividades de una asociación cultural cobrando un donativo?

Dispongo de una asociación cultural pero la sede "oficial" no es un local exclusivo para la asociación, sino una oficina abierta al público (es decir, activa) con sus mesas, sillas, aire acondicionado, proyector y pantalla de 2x2 metros.

La oficina está declarada en el Registro de apertura como "Actividades y asesoramiento informático".

Obviamente, dispone de acceso a discapacitados (rampa, baños...), ventilación...

Mi pregunta es la siguiente: ¿Podríamos realizar en este local actividades propias de la asociación en horario diurno para recaudar fondos por medio de donativos?

Digo el tipo de actividades que serían: charlas, proyección de películas (obviamente pagando derechos de exhibición y SGAE, estamos al tanto de precios), cuentacuentos, actividades infantiles (como pintacaras, juegos), concursos de videojuegos o de juegos de mesa y cosas así. Nada de hostelería ni fiestas.

Todo ello a nivel de bajo aforo, ya que no caben más de 40 personas (y el máximo que permitiríamos sería de unas 30).

Lo digo porque alquilar un local o un salón de actos vale un dineral, que los Ayuntamientos o Diputaciones te cedan algo es muy complicado y tardan (por aquí) una media de 3 o 4 meses en darte fechas (si a los 3 meses no te dicen que al final lo han desestimado) y conseguir un local de una obra social o fundación es casi más difícil que los Ayuntamientos.

¿Qué podemos hacer? ¿Podríamos hacerlo en nuestra oficina?

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Esta es una cuestión compleja... Entendemos que el local es alquilado, por lo tanto, puede tener algún problema con el propietario en determinados casos (dependerá de su contrato de arrendamiento). Por otro lado esta la comunidad y sus estatutos, que cuando vean que se acumula gente, pueden presentar denuncia en policía o incluso contra el propietario... (esto es mas difícil si es un local puerta calle).

Y el tema de la licencia municipal, que usted tendrá de oficina y esto puede llegar a ser considerado de publica concurrencia o conforme a la normativa de espectáculos públicos... lo que puede suponer un problema también...

En cualquier caso, al se pequeño y para pocas personas, normalmente no tendrán problemas, pero eso nadie se lo puede garantizar.

¡Gracias! No obstante, le informo que el local es propio (comprado por mí).

De hacer actividades, lo haríamos para finalizar a las 22:30 o 23:00 como muy muy tarde para no molestar a los vecinos de arriba y a un volumen de televisor alto (ya que en el local caben unas 20-30 personas)

Mi miedo es más bien por la licencia, ya que está registrado sólo para uso de actividades informáticas.

¡Muchísimas gracias!

¡Un saludo!

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