Quería saber si se puede votar algo que no está en el orden del día. Ponía revisión normas zonas comunes y se votó el horario.

En el orden del día ponía revisión de normas zonas comunes y votamos el horario de estas. Algo que me perjudica directamente porque vivo encima del centro social y tenemos muchas molestias sobre todo a partir de las 22:00h que debe de haber silencio. ¿Nos ampara la LPH?

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No se puede acordar nada que no conste en el orden del día. Pero, en el caso que usted comenta, entiendo que sí se podía votar, puesto que constaba el punto de revisión de las normas, y el horario de uso de las zonas comunes puede formar parte de dichas normas. El orden del día es un resumen de los puntos a tratar, sin necesidad de entrar al detalle tan concreto.

Con independencia de lo anterior, si usted sufre molestias por un uso inadecuado de las zonas comunes, puede defender sus derechos. Trate de razonar con el Presidente de su Comunidad, para ver si se puede replantear el asunto. Y, en cualquier caso, si los niveles de ruido son inaceptables (es decir, incumplen la normativa), puede usted denunciar.

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Tal como describe los hechos no parece que se sometieran a votación temas no previstos en el orden del día, habría que leer ese orden del día y el acta de la reunión efectivamente si se se hubiera hecho así, esos acuerdos serían nulos, lea este enlace.

En cualquier caso debe recordar que para impugnar esos acuerdos debe acudir a la vía judicial, dentro del plazo previsto para ello, si no lo hace así adquirirán firmeza y serán irrecurribles.

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