¿Se pueden poner datos míos en las puertas de la urbanización a la vista de todos?

Le envíe al Administrador por correo electrónico una queja sobre unas irregularidades cometidas por un vecino para que lo solucionase y cual es mi sorpresa que ese mismo día veo que ese correo lo veo puesto en las dos puertas de salida de la urbanización a la vista de todos, donde se ven mis datos de mi dirección de correo electrónico que encima lleva apellidos y fecha de nacimiento. ¿Puede el Administrador poner datos de mi correo electrónico a la vista de los vecinos sin mi permiso? ¿Está incumpliendo con la Ley de protección de datos al poner mi dirección particular de correo electrónico? ¿Puede poner un correo privado que le mando exclusivamente a él a la vista de todo el que pase? ¿Qué actuaciones debería realizar yo ante esta situación?

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Por supuesto que no puede (o, mejor dicho, no debe). Quiero creer que se trata de un "patinazo" sin intención, pero desde luego, es un error garrafal. Máxime cuando, además, imagino que está a la vista no sólo de los vecinos, sino de terceras personas (personal de limpieza, visitas, ...)

En su lugar, yo le exigiría que lo retirase de inmediato, si no lo puede hacer usted mismo.

Si su indignación va más allá y no es suficiente con conseguir que los carteles desaparezcan, podría denunciarlo ante la AEPD (https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formNuevaDenuncia/nuevaDenuncia.jsf). Tenga en cuenta, no obstante, que se suele sancionar a la Comunidad (que ésta después se la reclame al Administrador, ya es otro tema).

¿Porque motivo se sancionaría a la Comunidad si la negligencia la a cometido el Administrador? además el correo iba enviado de forma privada al administrador para que éste actuara sobre mi reclamación. En cuanto a lo que me comenta usted de "sin intención", ¿que motivo le puede llevar al administrador a poner ese correo privado a la vista de todos cuando su misión como administrador sería intermediar para que haya buenas relaciones entre vecinos y el buen vivir en la comunidad? de esta manera nos enfrenta, poniendo ese escrito en las puertas, ni siquiera en los tablones de anuncios donde tampoco podría poner mis datos.Creo que el que incumple con la ley de datos sería él y no la comunidad. Espero que me saque de dudas. Gracias

Yo no he dicho exactamente que se sancionará a la Comunidad. Lo cierto es que, en todos los casos que conozco, se ha sancionado a la Comunidad. Pero también es cierto que la situación, en esos casos, era diferente. Fundamentalmente, casos en los que se pone la lista de propietarios morosos en el tablón de anuncios. Pero en muchos de estos casos, también es el Administrador quien lo hace. Y se sanciona a la Comunidad.

Su caso es diferente, en efecto. Pero yo no me atrevería a afirmar, con total seguridad, que el sancionado acabe siendo el Administrador y no la Comunidad (aunque a primera vista no pueda parecer nada lógico). Por tanto, prefiero no dar un consejo que les acabe perjudicando.

Sepa que, si lo desea, puede consultar a la AEPD antes de proceder a presentar la denuncia. Tienen un formulario de consultas que funciona bastante bien (por experiencia se lo digo).

Lo puede encontrar en esta dirección:

https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formConsulta/consulta.jsf 

También puede consultarlo por teléfono (aunque no tengo experiencias por esta vía):

http://www.agpd.es/portalwebAGPD/CanalDelCiudadano/contacteciudadano/index-ides-idphp.php 

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