Administración.. Entrega de información y datos.
Se considera delito por parte de la Junta de gobierno o presidenta de la comunidad de propietarios el hecho de haber entregado todos los datos y cuentas de los comuneros sin antes haber convocado una junta para informarles de la nueva situación de cambio de administración. Atenta este hecho contra la ley orgánica 15/1999 que regula el derecho fundamental de consentimiento a la protección de datos.
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Respuesta de Victor Roselló Mallol
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