El Extracto y el Saldo Bancario en la Ley de Protección de Datos (LPOD) de una Comunidad de Propietarios. CAPITULO y ARTICULO
Hace unos días que ya hice una pregunta relacionada con el tema de protección de datos y muy amablemente fue contestada por Poliplos y por el Sr. Emilio Piña
He solicitado al presidente y al administrador que todos los comuneros podamos ver el extracto de la cuenta bancaria de la comunidad, que es donde de manera clara se ve los ingresos y los gastos que hay reflejados en nuestra cuenta, de todos, pero siempre se niegan, indicando que solo el presidente y el administrador tienen acceso a estos datos. Exactamente en el Acta dicen: “Respetando la ley de protección de datos, solamente el presidente junto con el administrador tendrán acceso al saldo de todos los propietarios y a la cuenta bancaria”.
No pretendo que todos los comuneros podamos ir al banco a solicitar un extracto de la cuenta, primero porque el banco lo denegará y segundo porque no son maneras.
Sé que una vez al año tienen que presentar las cuentas pero ya ha transcurrido más de un año desde que se nombró al actual presidente y de momento no tienen intención de convocar ninguna junta ordinaria.
También sé que si reúno a un porcentaje determinado de comuneros, que por cierto, en mi comunidad son unos pasotas y parece ser que no les interesa nada, podemos solicitar que se haga una junta, pero lo que realmente me interesa es lo que dice al respecto la ley de protección de datos, el capítulo y el artículo, porque yo no sé interpretarlo y además que son datos personales y lo que no.
De cualquier manera yo no creo, igual que los señores nombrados en el párrafo primero, que conocer los ingresos y los gastos de mi comunidad, sea vulnerar ninguna protección de datos y saber cuánto dinero hay en la cuenta y en que se gasta tampoco es vulnerar nada.