Distancia en metros de autovía a plantación vallada desde hace años. Unidad de carreteras pretende tasa

En una finca anterior a la existencia de caminos, pusieron una carretera hace muchos muchos años pegada a ella, después, paralela a ella, una autovía hará 13 años. A un lado de la finca, y a unos 50 metros de la carretera está la propiedad privada vallada en la que se plantan cereales de toda la vida, y ahora viene un operario diciendo que tenemos que pagar una tasa porque hemos plantado almendros y no están a 100 metros de la autovía, que rellenemos una hoja de solicitud de permiso de obra de la Unidad de Carreteras y paguemos lo que corresponda.

Como verán mi cara es de alucine, y me niego a pagar nada, y tampoco creo que yo deba pedir una solicitud de nada cuando son mis tierras están valladas y están ahí desde mi tatarabuelo. ¿Creen qué es correcto eso que dice el operario que según él es un mandado? ¿Cómo podría fundamentar que no llevan razón!?

Lo único que he encontrado, y que me quedo igual, es de la Ley de carreteras 27/2015 de 29 de sept., en el art.32.1 "La zona de afección de las carreteras del Estado está constituida por dos franjas de terreno a ambos lados de las mismas, delimitadas interiormente por la zona de servidumbre y exteriormente por dos líneas paralelas a las aristas exteriores de la explanación, a una distancia de 100 metros en autopistas y autovías y de 50 metros en carreteras multicarril y convencionales, medidos horizontalmente desde las citadas aristas".

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En la ley de carreteras que mencionas se definen las zonas de limitación a la propiedad.

Estas zonas son la zona de dominio público, de servidumbre y de afección.

En el caso de autovías, se sitúan a 8, 25 y 100 metros de la arista exterior de la explanación, y a 3, 8 y 50 en carreteras convencionales.

Cualquier uso del terreno en estas zonas debe estar autorizado expresamente por el Ministerio de Fomento. Si se detecta un uso no autorizado, como parece en este caso, lo normal es requerir al propietario a que lo legalice.

Lo que deberías es comprobar a qué distancia de la arista exterior de la explanación se encuentra la plantación, y si está dentro de estas zonas, solicitar la autorización. Lo de la tasa no lo tengo muy claro, no lo había oído nunca en carreteras, aunque sí en cauces públicos.

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