Tengo una IPA, ¿Puedo abrir una Asociación cultural?

Hace años me reconocieron una incapacidad permanente absoluta (IPA) y al cabo del tiempo he reestablecido contacto con una vieja amistad que está jubilada. Estamos pensando en alquilar un local entre los dos para hacer una asociación o centro cultural para promover los valores del Excursionismo-Escoltismo de antaño. Obviamente sin ánimo de lucro, sólo para cubrir los gastos de alquiler, material, servicios básicos mantenimiento, etc. Me comentan que es necesario cotizar autónomos ¿?, hacer registro de contabilidad ¿?, presentar trimestrales ¿?. ¿Es eso cierto? Lo hacemos para la juventud del pueblo para que no estén vagueando sin aprender nada y queremos ayudarlos y disciplinarlos. ¿En serio hay tantos problemas para conseguirlo? ¿Si estuviera yo como Presidente o Secretario o Tesorero podría perder la IPA? ¿Deberíamos sacarnos títulos de monitores?

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Una asociación cultural no "se abre", se crea juntamente con otras personas interesadas y si no tiene ánimo de lucro y vd no percibe nada no afectará a su pensión, ni tendrá que darse de alta en autónomos. En cuanto a las obligaciones formales de esa Asociación dependerá de las actividades que desarrolle.

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