La LCS (Ley de Contrato de Seguros) le da 2 años según el artículo 23 desde qué ocurrió el siniestro, para poder reclamar los daños (http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1980-22501 ) pero el seguro del vecino podría negarse a reparar o indemnizar los daños si el vecino no comunicó debidamente el siniestro o si en su momento nadie tomó las medidas necesarias para minimizar los daños.
Si los daños son considerables y la vivienda es en propiedad consideraría la opción de contratar a un perito y a un abogado. Si alguien vuelve a venir a su casa es mejor pedir siempre una tarjeta de identificación y si hacen algo un albarán de las tareas realizadas, lo más detallado posible. Es decir, que si conserva algo del albañil que vino, no está de más. Tampoco está de más si consigue copia de la denuncia interpuesta ante la Guardia Civil, pero no es la vía típica para conflictos así (a no ser que también hayan habido por ejemplo agresiones, insultos o amenazas).
En casos así lo aconsejable en general es actuar mucho antes.
En cualquier caso también sería aconsejable que contratara un seguro de hogar lo antes posible, ya que no solamente le cubrirá por los daños causados a terceras personas o propiedades, también le cubrirá muchos daños propios y dependiendo de la póliza también se le prestará una asesoramiento y protección jurídica a veces muy útil.
Un saludo.
Marc Gómez
Agente de Seguros Exclusivo