Pensión compensatoria y separación de bienes

Cuando me casé con mi mujer nuestro patrimonio era muy dispar. Ella no tenia ni un euro, yo, si tenia un poco de patrimonio. Los dos hemos trabajado de profesores y ahora estamos jubilados. Ella cobra 1800 euros, yo cobro 2300 euros. Los dos estamos enfermos, pero yo tengo una discapacidad reconocida. La vivienda familiar es de mi propiedad. Además tenemos otras dos viviendas al 50 por ciento. Los hijos son mayores e independientes. Si nos separamos debo de compensarla económicamente, es decir, tengo que darle una pensión compensaroria. Es cierto que hoy mi oatrimonio es superior al de ella, pero también lo era cuando nos casamos. Con su pensión y el dinero que se llevaría del matrimonio considero que podría iniciar una nueva vida sin problemas, quiero decir que alquilar un piso o comprar uno podría, no de lujo, pero podría. Un piso hoy lompodria comprar por 100.000 euros. ¿Tendría qué pasarle una pensión compensatoria?

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Creo que ella puede vivir muy dignamente, y no necesita una pensión compensatoria. No hay cargas del matrimonio, los hijos son mayores de edad. Aunque en una negociación acerca del divorcio y la liquidación de los bienes comunes ella lo puede sacar como baza de negociación.

Ya sabes, si no hay acuerdo, el Juez decide

Luego también está el tema de seguridad social. Si hay pensión compensatoria hay viudedad, si no no. Ella puede estar interesada en cobrar el día de mañana una viudedad

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