Embargo de nomina por condena en costas.

Tras un juicio con la aseguradora por un incendio en mi casa donde lo perdi todo incluida la casa, tras no hacerse cargo la aseguradora del incendio, interpuse demanda contra ella, pero los jueces me desestiman la demanda y me condenan a pagar las costas del juicio que segun el abogado contrario ascienden a 23700€ no tengo nada a mi nombre salvo mi nomina de de la cual me embargan cada mes unos 300€.

El abogado contrario a traves del mio quiso llegar a un acuerdo extrajudicial, queria una cantidad de dinero en metalico, pero no me daba ningun justificante ni nada de dicha transaccion.

Mis dudas :

1- Si pago esa cantidad que me pide ¿cómo se que levantara el embargo de mi nomina?

2- Acabo de ser padre, ¿me deben bajar la cantidad embargada para el poder alimentar y criar a mi hijo?

3- ¿Puedo comprar un vehiculo a mi nombre o me lo embargaran nada mas comprarlo como han hecho con la devolucion de hacienda?

4- ¿Existe posibilidad que la audiencia provincial vuelva a revisar mi juicio?

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Respuesta

Lo primero, Miguel, expresarle nuestro apoyo más solidario en el desgraciado asunto de su casa. Le contestamos las preguntas por su orden:

1º. Si usted no tiene un recibo de haber pagado, no ha pagado nada. Ni en este caso, ni en ningún otro. Usted da el dinero a cambio de un recibo y nada más; el resto no existe. En el caso de que llegue a un acuerdo con la persona que le tiene embargado, el mismo ha de constar por escrito junto con un escrito dirigido al juzgado para el levantamiento del embargo.

2º. Le pueden rebajar la cantidad a pagar hasta un 20% por responsabilidades familiares (no la deuda, sino el cargo mensual). Ha de hacérselo saber al secretario judicial mediante un escrito.

3º. Ni se le ocurra comprar nada a su nombre, ni abrir una cuenta a su nombre, porque todo su patrimonio presente y futuro depende de ese embargo. Le fulminarán todo inmediatamente.

4º. Puede usted apelar la sentencia ante la Audiencia Provincial, pero dentro del plazo de 20 días desde que le notificaron la de Primera Instancia. Parece que ya ha pasado con creces ese plazo, porque le tienen embargado, por lo que sin duda la sentencia ya es firme.

Tenga más control sobre esas cuestiones judiciales. Pida toda la información por escrito sobre esa deuda, cuánto consta pagada y a quien. Suerte.

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