Escriturar o no es necesario, duda.

Me gustaría hacer una consulta.

Mi abuelo falleció hace 21 años, sin dejar testamento, tenía un contrato de compra venta del año 80 de una vivienda, dicha vivienda no estaba registrada ni escriturada.

Él tiene 5 hijos incluyendo a mi madre y han renunciado ante notario a esa vivienda a favor de mi madre la cual se lo ha donado a mi hermana.

Buscando información por internet ella ha decidido no escriturar ni registrar la vivienda para ahorrar dinero y tramites (ella sabe que no es lo correcto, pero por ahora no lo puede costear).

Con todo lo contado anteriormente, ¿qué riesgos puede correr sino escritura ni registra?

¿Pueden mis tíos echarse atrás o reclamar esa vivienda a la cual renunciaron ante notario?

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Sus tíos no pueden echarse atrás, y si su madre firmó una escritura de donación (no valen documentos privados) tampoco. Pero el tema de la escrituración tiene más calado. Esa casa puede que esté inscrita en el Registro de la Propiedad o puede que no esté inscrita. En el primer caso, estará a nombre de la persona que vendió a su abuelo o quizás a nombre de otra persona, en cualquier caso desconocida para ustedes. Transferir una propiedad de otra persona solo puede hacerlo el titular (que no se sabe quién es) o un juez. Por lo tanto, si su hermana quiere escriturar, ha de ir al juzgado con abogado y procurador, y pagar los edictos.

Puede, en fin, que la vivienda no haya estado registrada nunca y sí el solar, o ninguna de las dos cosas. En ese caso hay que iniciar una ruta bastante laboriosa de catastro, notaría y registro de la propiedad que hay que dejar en manos de un profesional.

Por último, nada saben ustedes si, en el caso de estar inscrita la casa, el titular dejó deudas e inscribieron embargos, o dejó herederos que puedan reclamar la casa, o quién sabe si Hacienda tiene una diligencia de embargo.

Por lo tanto, vayan al Registro de la Propiedad, infórmense, y después ya se verá.

Muchas gracias por su respuesta.

En el registro de la propiedad nunca ha estado registrada la vivienda ni el solar,el contrato de compra venta refleja el nombre del vendedor y como comprado mi abuelo,esa vivienda solo ha tenido como dueño al vendedor y mi abuelo.

No tiene ninguna anotación por parte de Hacienda.

Gracias.

Se me olvidó preguntar, una vez que ellos renunciaron a favor de mi madre y ella se la donó a mi hermana, ¿mis tíos ya no tienen ningún derecho sobre la vivienda ni se deben de hacer cargo de ningún tipo de gastos o si?

Pregunto esto ya que uno de mis tíos esta preocupado porque no tiene los medios económicos para costear ningún trámite. 

Gracias

Quien renuncia a una herencia ante notario no tiene ya nada que ver con ella: ni para reclamar ni para que le reclamen. Su tío desapareció jurídicamente del mapa cuando renunció, y por tanto nada ha de temer en relación a este asunto.

Por tanto entiendo que esa vivienda ya es de mi hermana y todo lo debe de costear ella,mis tios no se deben de preocupar por nada ni le deben de llegar ningún tipo de "multa",pero no me queda claro una cosa,ellos pueden obligarla a escriturar o registrar la casa?

Gracias.

Sus tío no tienen que ver NADA con la herencia. No pueden decir nada sobre la herencia, ni mucho menos obligar a nadie a nada. Si la Administración alguna vez les contacta con respecto a esto, no tienen más que enseñar las copias de las escrituras de renuncia.

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