Cuando acudes al médico, en el parte él debe poner el tipo de baja que es y esto puede ser revisable por: El interesado sino estás de acuerdo, el INSS, la mutua o el Servicio público de salud. A continuación te pongo el procedimiento y los plazos
1. Una de las partes inicia el procedimiento. 2. El INSS comunica a las demás partes el inicio del proceso para que presenten sus alegaciones sobre la contingencia que consideran debe ser determinada y aporten la documentación que apoye su postura. Si el proceso no lo has iniciado tú, recibirás la comunicación y tendrás un plazo de 10 días hábiles para responder. El resto de las partes tienen 4 días. 3. El equipo de valoración de incapacidades estudiará las alegaciones y documentación presentada por las partes y emitirá un informe a la dirección provincial del INSS. 4. La dirección provincial del INSS dicta la resolución en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la aportación de la documentación de las partes. 5. La resolución será comunicada al trabajador o trabajadora, a la empresa, a la mutua (si procede) y al Servicio Público de Salud. 6. EL P