Puedo reclamar por la vía civil un accidente de tráfico si voy sin seguro en vigor?

El pasado día 29 de junio tuve un accidente de tráfico. El vehículo contrario se saltó un ceda el paso, impactando mi vehículo en su parte trasera. El ser un alcance trasero el conductor del otro vehículo insistía en mi culpabilidad por lo que fue la guardia civil quien levantó atestado no existiendo parte amistoso. En el mismo sufrí un latigazo cervical por lo que acudí a urgencias.

Tras poner en conocimiento de mi aseguradora los hechos, comenzaron a tramitarte todo y me instaron a ir a un centro médico privado concertado con la aseguradorar para el reconocimiento médico, autorizándome posteriormente una rehabilitación con fisioterapia que actualmente seguía teniendo lugar.

Hace un par de semanas las últimas noticias que tenía del estado de la reclamación era que la otra aseguradora no alegaba nada y por tanto se entendía estimada mi reclamación. El problema viene que a los pocos días me llamaron diciendo que existía un impago de mi seguro en el momento de producirse el accidente. En concreto mi seguro vencía el día 1 de mayo, y el recibo fue devuelto dos veces en días posteriores por falta de fondos en la cuenta bancaria (no es mi cuenta ni mi vehículo sino de mis padres y como tenemos más de 5 vehículos nadie se percató de ello). La cuestión es que por ese impago, previo al accidente y pasado el mes de gracia, dicen que no se hacen cargo de la reclamación. Después de tenerlo ya todo tramitado y en ningún momento comunicarme el impago.

Ayer recibí la carta (no certificada) de que se daba por finalizado el seguro ante el impago, pero en ningún momento anterior se produjo esa comunicación ni interés por cobrar el mismo. Por otro lado al iniciar la reclamación, incluso autorizándome una rehabilitación, e ningún momento me imaginé que existiese dicha situación de impago.

La reparación de mi vehículo asciende a 600 euros según un taller de confianza, por no hablar de los gastos médicos e indemnización que pudiera tener lugar por las lesiones (soy estudiante por lo que no estoy de baja)

Mi pregunta es si sería posible, pese a circular “sin seguro” por desconocimiento, reclamar los gatos al otro conductor o incluso interponer algún tipo de reclamación de la compañía, que tengo entendido según jurisprudencia reciente, deben hacerse cargo de los daños a terceros si no hay comunicación previa de la baja por carta certificada.

En caso de ser posible, ¿puede qué tenga que pagar yo ahora la multa? ¿O si en el momento no me la pusieron no pueden hacerlo?

Respuesta
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Si que puedes reclamar los daños materiales y personales. No se te priva de la tutela judicial efectiva.

Únicamente que no te va a llevar el asunto el abogado de la Cía de Seguros, sino que te tendrás que pagar uno. Y si tienes a tu favor el atestado de la Guardia Civil, tienes mucho ganado

Muchas gracias, mi única duda es, si no me multaron en su día no lo harían ahora? Y por otro lado el coste compensa? O se haría cargo también de las costas la otra compañía en caso de ganar yo el pleito?

No. Si en su día no te pusieron multa, para la Guardia Civil, ya cerraría el atestado y no hay más consecuencias.

Si la reclamación es inferior a 2.000 €, cada uno se paga su abogado y su procurador que puede ser para esta cuantía unos 900 € incluido IVA. Si la reclamación es superior puede haber condena en costas para el que pierda el juicio, o si el Juez no lo ve muy claro puede no condenar en costas a ninguno

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