Obra ilegal junta comunidad de propietarios

En la comunidad de vecinos se ha heceo en la fecha de 22.07, una junta donde participaron 7 vecinos, que según lo pone en acta : "Problemática detectada en la estructura del edificio en pilares, vigas y viguetas". En el piso de la primera planta, el vecino tiene el techo y las paredes destrozados, más de 10 año, de las infiltraciones del cuarto de baño del vecino de arriba, de la segunda planta, y con la ayuda de la Administradora, ha venido un arquitecto que han decidido que la comunidad deben arreglar el piso del vecino, con 900€ cada propietario. Ahora los vecinos que no han podido participar a la junta( la 10 de la mañana) no quieren pagar. ¿Cómo se puede parar esta obra?

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Aparte de lo indicado por el Sr. Pontevella Administradores, en cuanto a que una obra por razones de estabilidad estructural es obligatoria por Ley, yo añadiría una pregunta:

¿Por qué califica usted la obra de ilegal? Imagino que lo dice por la aprobación por parte de 7 propietarios. Tampoco nos indica usted el total, por lo que no se puede deducir si son muchos o pocos, pero interpreto que usted considera que son insuficientes. En ese caso, tenga en cuenta que, en segunda convocatoria, los acuerdos se toman en base a los asistentes y no al total de propietarios. Y los ausentes que no manifiesten su oposición en el plazo de 30 días se suman a la mayoría. Si es usted de Cataluña, lo mismo aplica para la primera (y única) convocatoria.

Si se refiere usted a algún otro aspecto que considere ilegal, la forma de detener la obra sería por medio de la impugnación del acuerdo (y debería usted darse prisa, porque mientras no exista resolución judicial, el acuerdo es ejecutivo).

¡Gracias! 

Primera junta ha sido a las 19 de la tarde, con informaciones, la segunda a las 10 de la mañana, para acudir solo los piensionistas, amigos de la administradora, sin presupuesto, sin más preguntas, cuando enpeso la obra i vimos 147€, menos en la cuenta de cada vecino, i son 6 meses de paga, casi 900€. De 20 vecinos, paga 7, que no vive en edificio, los demás no quieren pagar, pero no saben que deben de hacer, i como la presidenta e una sra. maroqui, recién nombrada de la administradora, vaya vaya

Quieran o no, todos deben pagar. Esa obra que usted describe es necesaria (y obligatoria) para la estabilidad del edificio. No pagan 7. Pagan los 20 o se reclama por vía judicial.

Ja ja ja, pero el edificio no tiene nada, no he dañado ni pilares, vigas, etc., la ley pone que la " Comunidad deberá afrontar los gastos, salvo que el daño se hubiera producido por culpa o negligencia del propietario, en cuyo caso seria este el que tendría afrontar el coste", un ingeniero en construcción ha evaluado "los daños" como inexistente, falsos, estafa, que debe de ver el piso de la primera planta, con otros pisos de la tercera i cuarta planta, donde los obreros quita el yeso i el mortero de las vigas i pilares, techos falsos del baño ( sin tener ningún daño), ¿por qué? De toda forma se va llegar al juzgado, i pronto la comunidad se va quedar sin sra. administradora.

En ese caso, no entiendo la pregunta.

Si ya tienen claro que la obra es innecesaria y que lo llevan al juzgado, ¿Cuál es la pregunta?

en el piso 2B, recien comprado y reformado, se ha encontrado daños en la vigas, se han areglado con dinero de los veci

Si hay daños en las vigas, DEBEN repararse. Pero:

- Si se puede DEMOSTRAR que los daños los ha causado un vecino, deberán reclamárselo a él.

- Si no, deberá pagarlo la Comunidad.

- Si los daños son inexistentes, no hay obra.

se van arreglar con dinero de los veminos

Es una opción.

Si hay daños en las vigas, el asunto hay que tomarlo en serio. Por tanto, repararlo con dinero de los vecinos, aunque "duela", es un beneficio para la seguridad de todos. Y con eso no se juega.

Otro asunto es si, aparte de realizar la obra y pagarla, quieren posteriormente reclamárselo a alguien (para lo cual necesitarán pruebas, desde luego).

Pero calificar la obra de ilegal y querer evitarla, tratándose de daños estructurales, no es una buena idea.

De todos modos, cuesta seguir sus razonamientos, porque a veces dice usted que HAY daños en las vigas y otras dice que hay un técnico que ha certificado que esos daños no existen.

Lo primero, desde luego, sería saber a ciencia cierta y sin género de dudas si hay o no daños estructurales.

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Me perdí en tu explicación: ¿Cómo es eso de que el problema causado por un vecino a otro vecino lo tiene que pagar la comunidad?

Más de 10 años, un gitana que vivía en un piso de la segunda planta, ha inundado al vecino de la primiera planta, i como gitana se han marchado, el tío con la ayuda de la administradora i un arquitecto, han constatado que están afectando la estructura del edificio, cual se va arreglar los daños del piso, i para ser creíble, ha metido en obra otros 5 pisos, amigos de la administradora, 900€ cada vecino, somos 20

La ley pone que la " Comunidad deberá afrontar los gastos, salvo que el daño se hubiera producido por culpa o negligencia del propietario, en cuyo caso seria este el que tendría afrontar el coste", aparte del piso afectado, otro 5 pisos se le hace "reforma", techo falso en baño o cocina, vigas del balcón o galería, con el dinero de los vecinos. De toda forma se va llegar al juzgado, i pronto la comunidad se va quedar sin sra. administradora.

1°. Si realmente puede afectar estructural-mente la edificación SÍ DEBE HACERSE independientemente de quién lo haya propiciado y debe ser asumido por la comunidad. 2°. Las obras suntuosas o reparación de pinturas y techos de cada piso correrán por cuenta de cada propietario. 3°. Solo se quedaron con la versión de un profesional y no buscaron asesoría de otro profesional lo que es un grave error porque hay asuntos que se deben dilucidar entre dos o tres profesionales.

¡Gracias! 

se vaan pagar con dinnero de los vecinos

Entonces esta claro que es la comunidad quien debe asumir los gastos de las obras puesto que esta en peligro la estabilidad del inmueble y que las obras suntuosas en cada piso las debe asumir cada propietario del piso.

Respuesta

La obra es obligatoria, 10.3 LPH.

¿

? ¿Obligatoria? Si alguien me inunda el piso más de 10 años, i yo no hago nada, i después que el vecino que me han inundado se muda, pido al comunidad que me aregle el piso, ¿e legal no?

Ja ja ja, pero el edificio no tiene nada, no he dañado ni pilares, vigas, etc., la ley pone que la " Comunidad deberá afrontar los gastos, salvo que el daño se hubiera producido por culpa o negligencia del propietario, en cuyo caso seria este el que tendría afrontar el coste", un ingeniero en construcción ha evaluado "los daños" como inexistente, falsos, estafa, que debe de ver el piso de la primera planta, con otros pisos de la tercera i cuarta planta, donde los obreros quita el yeso i el mortero de las vigas i pilares, techos falsos del baño ( sin tener ningún daño), ¿por qué? De toda forma se va llegar al juzgado, i pronto la comunidad se va quedar sin sra. administradora.

La comunidad debe hacerse cargo de los daños causados por ella no de los daños causados por otra persona. Esto lo tiene que determinar un técnico.

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