Como contabilizar cesión derechos a un tercero

Mi empresa tiene créditos incobrables que arrastra desde hace años y, por un motivo que no viene al caso, los ha vendido a una persona física que no tiene relación con la empresa. Lógicamente hay una quita y paga por ellos menos valor del que hay contabilizado.

Vendemos 500.000 € (créditos) por un precio de 178.000 €, la quita es de la diferencia 322.000 €

Los créditos están en cuentas 430 y 436. La persona física va a una cuenta 440. Mi pregunta es: ¿Cómo contabilizo esta venta? ¿Qué cuenta del grupo 7 debo emplear?

1 respuesta

Respuesta

Todo esto primero se debe documentar ante un notario y elevarlo a público. Esos clientes deberás llevaros a pérdidas, puesto que son incobrables para ti y luego contabilizar la venta de ese crédito. Para esto deberás emitir una factura. En definitiva, debes contabilizar los documentos que tengas.

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