Se puede denunciar un hurto continuado en domicilio sin pruebas de ello?

Llevo un tiempo que muy de vez en cuando me están desapareciendo cosas de mi domicilio (un metro, un trapo de cocina, una zapatilla de estar por casa y lo último un objeto que puse a la venta este verano; lo tenía localizado por si acaso, y cuando una persona se interesa por él, le digo que se lo envío y al ir a pesarlo para calcular la tarifa del envío en correos no lo encuentro. He mirado toda la casa entera varias veces y no ha aparecido, la tenía a mano Son cosas en principio sin importancia, pero el problema es que desaparecen. Sé que debía haber cambiado el bombín de la cerradura, pero al principio pensaba que eran extravíos. Mi pregunta es: ¿Puedo poner una denuncia en comisaría sin saber quién es? ¿Habrá investigación y/o toma de huellas en mi domicilio? ¿Podrían interrogar a algún vecino por si han visto a alguien que no es del edificio?

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En este caso por lo que comenta mari2004, los objetos le están siendo sustraído en el interior de su domicilio lo que hace que no se trate de un hurto.

Con independencia del valor de lo sustraído según he leído la perjudicada sospecha que han accedido a su vivienda utilizando una antigua llave (dice que no cambio el bombín de la puerta) lo que lo convertiría en un robo con fuerza.

El uso de una llave legitima sin autorización de morador de la vivienda incluso cuando esta se entregara de forma voluntaria, supone un delito de robo con fuerza y aunque el valor de lo robado no supere los 400€ estaríamos ante un robo con fuerza. Estaríamos ante el apartado 4 del delito de robo con fuerza. (Se considera llave falsa lo que he explicado mas arriba, así con ganzúas... u otros instrumentos)

CODIGO PENAL

Artículo 238
Son reos del delito de robo con fuerza en las cosas los que ejecuten el hecho cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

1.º Escalamiento.

2. º Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.

3. º Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.

4. º Uso de llaves falsas.

5. º Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.

También estaríamos ante un delito de allanamiento de morada

El Artículo 202 del código penal dispone que:"1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años. 2. Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses."

Sin duda el caso es bastante grave a pesar de que el valor de lo sustraído no sea cuantioso.

Quería saber el proceder de la policía, imagino que tomará huellas, pero no se si interrogará a algún vecino por ejemplo, para ver si ha visto a algún desconocido en el inmueble. Comentar también que en el mes de enero unos vecinos subieron de propio a la puerta de mi casa con sus perros para que se orinasen en la puerta. Digo de propio porque yo vivo un piso por encima de ellos, si hubiese sido de paso no podría decir nada, pero subieron cuando no tenían ninguna razón para ello. Informé de los hechos en la reunión de vecinos y también, después de recibir el acta solicité la modificación de la misma, ya que sólo se hacía referencia a la queja de otra vecina sobre los perros (defecaban en el patio de interior que sirve de terraza y no limpiaban muy a menudo, consecuencia de malos olores en el patio). Lo de la orina del perro en la puerta de mi casa no sé si tiene algo que ver, es extraño que me pasen estas cosas, lo de la sustracción de cosas, parece un "te fastidio y no tienes pruebas".

Los agentes haran las pesquisas que estimen necesarias para esclarecer el asunto, pongase en contacto con ellos y cuenteles lo sucedido, estoy convencido que le orientaran en la forma de proceder.

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Puede denunciarlo y dependiendo de la gravedad del asunto puede que tomen huellas, en caso de superar algún objeto los 400€ es delito y no falta.

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