¿Qué se entiende por día efectivo de trabajo en el plus de transporte y plus de actividad?
Con el convenio delante de: Limpieza de edificios y locales de la provincia de Ourense 2012-2013 (No se ha negociado convenio nuevo, así que sigue vigente este).
"Artículo 7.- Plus de transporte.
En compensación de los gastos de transporte, surgidos por el presente convenio, tendrán derecho a 0,60 € por cada día efectivo de trabajo. A partir de 1999 esta gratificación se incrementará en el mismo porcentaje que el incremento salarial de cada año, si bien dicho incrementos pasará a la gratificación de actividad.
Artículo 8.- Plus de actividad.
Se establece una gratificación de actividad para todos los trabajadores del sector que se fija en la cuantía de 1,96€ por día efectivo de trabajo
Artículo 9.- Plus de toxicidad, [...]"
En mi caso, trabajo de media jornada, 4 horas. Sin antigüedad. Contrato temporal.
En la nómina de septiembre de 2016:
22 días... 1,05€... Plus de actividad
22 días... 0,30€... Plus de transporte
Y mi pregunta, ¿es divisible los plus de transporte y el plus de actividad por media jornada o debe ser el total?