Conforme al artículo 43.f) De tu convenio colectivo aplicable, se tiene dos días naturales de permiso en los casos de intervención quirúrgica de familiares que no precisen hospitalización y días de permiso mientras dure la hospitalización en los caso de familiares de primer grado. En todo caso habla de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, concretando quienes se encuendram dentro de estos familiares, sin incluir a las parejas de hecho. Pero cada vez son más las sentencias de los tribunales que equiparan la relación de las parejas de hecho con las de los cónyuges, por tanto, aunque no se diga expresamente en su convenio, le recomiendo que le comunique a la empresa su duda pues es comprensible que se equiparen ambas situaciones.