Convenio regulador no especifica donde entregar a la menor

En el convenio regulador no específica donde ahí que recoger o entregar a la menor si en el portal o en la puerta de la casa, el anteriormente me daba una llamada perdida y yo salía al portal a recogerla, desde hace un par de meses me toca en la puerta, ¿e s legal que me toque en la puerta para entregarla? El me cedió su parte de la viviebda, fue al administrador de la comunidad para pedir un duplicado de la llave del portal, ¿el tiene derecho a tener la llave?

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Respuesta

Si no existe ningún tipo de problemas de relación, véase malos tratos, insultos, etc...

Solo hazte una pregunta: ¿Qué es mejor para la niña?

¿Qué su padre la suba hasta la puerta de su madre con total naturalidad o que se la entregue en la calle y que todo el mundo vea la "transaccion"?

El a solicitado una modificación de medidas porque se supone que la niña sufre malos tratos y yo tengo problemas psicologicos, no ha pedido la custodia solo cambiar los días de la semana y todos los fines de semana del mes, la relación es nefasta, no tenemos ningún tipo de relación. 

Mi consejo es que penséis en vuestra niña para que sufra lo menos posible y si perder de tu razón le beneficia a ella, bienvenido sea.

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