¿Tienen los bajos comerciales derecho a las llaves del portal?

El bajo comercial nos ha exigido por medio de un abogado que le entreguemos una copia de las llaves del portal. La situación del bajo es totalmente independiente del patio de escalera, no tiene comunicación con este como sucede en algunos edificios antiguos, además de que según los estatutos no participa en los gastos de escalera,, sólo lo hace en lo referido al seguro del edificio o si hubiera que restaurar la fachada.

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Soy Administrador de Fincas, Arquitecto, Abogado y API. Colegiado desde hace más de 30 años. Gestiono más de 500 comunidades. Dicho esto:
No insistáis más. Hay que darle copias de llaves de portales y armarios.
Que el local participe o no en los gastos de la Comunidad (algo raro, pues todas tienen estructura y casi todas tienen seguro de incendios/RC, administrador, etc ...) ES IRRELEVANTE para que se le dé (o no) una copia del armario de contadores y del portal de acceso a los mismos.
La Ley es clara: todos los propietarios (inclusive los de los locales "exteriores") tienen el derecho a acceder a sus contadores de agua y electricidad en cualquier momento (24h/365d, para el caso de roturas/emergencias), y por lo tanto si dichos contadores están en el vestíbulo de acceso a las viviendas, tienen derecho a tener copias de las llaves tanto de los armarios como de la entrada al portal. Está prohibido manejar contadores por personal no cualificado. El propietario del local tendrá que contratar a electricistas/fontaneros autorizados.
Si un artículo de los Estatutos de la Comunidad prohibiera lo dicho, sería nulo.
¿Te sigues preguntando qué legislación ampara lo que digo? Arts. 33 CE, 348 y 396 CC, etc... Y su correspondiente Jurisprudencia (SAP de Ciudad Real de 2020, etc ...).

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Hay sentencias con relación a los garajes en los que no se le da llave del portal del edificio, y también hay estatutos de la comunidad en los que dice expresamente que no pueden entrar por el portal para el garaje.

La pregunta es saber si tiene necesidad de entrar al portal por algún motivo legal o no.

De lo contrario si cuando compró el bajo el promotor no le dio llaves no tienen porqué dárselas la comunidad que se las pida a quién le vendió el local.

El bajo comercial estuvo muchos años sin ocupar, luego más tarde al ocuparlo con un negocio instalaron los aparatos de medida en el cuarto de contadores de la comunidad sin que nadie diera su consentimiento (según dice el administrador por ley ya se instalan en los propios bajos). Supuestamente quieren entrar para realizar unos trabajos relacionados con una reforma del local. Se les ha dado acceso pero aún así insiste el dueño del local que le demos la copia para dársela al alquilado. Mi sorpresa ha sido que al decidirme a hablar con el tal abogado me ha comunicado que ya tenía llave de hacía tiempo (no nos dijo nada el administrador, el aseguraba que no tenían derecho a llave) y que como hemos cambiado una de las cerraduras de las dos puertas ya no puede entrar (la entrada del portal está formada por dos puertas contiguas). Como expliqué anteriormente la llave del portal es la misma que dá acceso al garaje a través del ascensor, que a su vez, es un garaje comunitario de toda la manzana con su administrador independiente de la escalera.

Recomiendo hablen con su administrador y que les informe de todo, puesto que estará más al corriente.

Muchas gracias por contestar, aunque realmente no podemos contar mucho con el actual porque estamos en un momento de incertidumbre en la elección de un nuevo administrador. El motivo de discordia de las llaves es el que puedan tener acceso libre a los contadores y los daños que han causado las veces que han accedido al cuarto de contadores..

Pues ya que van a coger un nuevo administrador, pueden ponerlo como excusa para entregar copia de las llaves.

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