¿Como cálculo la plusvalía por un piso en Madrid?
Seguramente mi madre acepte una oferta por un piso que tiene en venta en Madrid y no sabemos qué gastos tiene si aceptamos. Por el tema de la plusvalía, como lo podemos saber más menos
2 Respuestas
Aparte de las acertadas respuestas recibidas debería tener en cuenta que:
Plus valía como tal no es un concepto jurídico fiscal que exista, se suele atribuir a dos supuestos:
a) Ganancia patrimonial en IRPF que es la diferencia entre el precio de venta y el de adquisición, si no puede acogerse a la reinversión en nueva vivienda habitual..
b) IIVTU (Plus valía municipal) se paga siempre que se produce una enajenación de un inmueble y su importe lo determina el Ayuntamiento a través de la Ordenanza de este Impuesto.
Gracias, que lio este.
como vio , realice el ejemplo de plusvalía municipal, y le sale a pagar 17.058,59€,
Pero no se si lo realice correctamente, tanto tendría que pagar? lo compro en 2002 , el 25 de enero y lo vende ahora, que esta estudiando una oferta. y el valor del suelo catastral es de 150058,37€.
Mil Gracias por su ayuda. Perdone mi ignorancia en este tema
Me parece un poco exagerada la cifra, también parece exagerado el valor catastral del suelo ¿Ha hecho bien los cálculos?
Me los dio erróneo.
Los datos del suelo serían 128955,62
me sale 14659,60€
pero la propiedad le parece también exagerado este dato. Es correcto?
Luego quiere comprar con ese dinero o algo más. Para invertirlo. Por si puede o ayuda en ahorrarse en algún papeleo o desgravarse de algo. Gracias de nuevo
Si su mader es mayor de65 años y era su vivienda habitual esta exenta de IRPF por la ganancia patrimonial (plusvalía) que obtenga en la venta.
Es viuda y es su vivienda habitual.
Entonces solo pagaría los casi 15000 de plusvalía? O no tendría que pagar nada,
Ay que lío perdóname. Que le sigue dándole vueltas a la oferta que tiene por estos temas.
Gracias de nuevo por su ayuda.
Efectivamente pagaría sólo el IIVTU (plusvalía municipal) cuyo importe me sigue pareciendo alto, salvo que se trate de un inmueble de considerable valor.
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En estas web podrás calcular la plusvalía municipal introduciendo los datos que te piden: Año de la transmisión, Municipio, Fecha de adquisición, Fecha de la transmisión, Valor catastral del suelo:
http://www.aherencias.es/calcularPlusvaliaMunicipal.php
Entonces. Perdona mi ignorancia. En el año de transmisión pongo el año Vendo.
En el valor catastral del suelo, que tengo que poner? Lo que paga mi madre de Ibi?
En el año catastral? El año que se vende
Y por último lo de Porción transmitida
Por más que leo la interrogación es decir la ayuda no me queda claro.
Es la primera vez que tengo que hacer esto.
Gracias de nuevo.
Hay dos fechas: adquisición y transmisión
Adquisición: que pudo ser por compraventa, por herencia o cualquier otro
Transmisión: cuando se vende
El valor catastral del suelo está en el recibo del Ibi
La porción no te lo puedo decir porque yo siempre he utilizado http://www.aherencias.es/calcularPlusvaliaMunicipal.php#recibo y aquí no pide ese dato.
He contestado esta pregunta porque querías saber los gastos más o menos y en esa web te lo calcula pero exactamente no te puedo informar
Genial, no te preocupes. Me has ayudado mucho. Lo mirare mañana en esa web también.
Le pediré los datos a mi madre a ver dónde los tiene, los años no pasa en valde. Todo esto de papeles y demás lo llevaba mi padre.
Porque luego no sabe si comprar algo más pequeño o irse de alquiler y tiene que ver los gastos que le ocasiona la venta De ahí que pida ayuda.
Gracias por su ayuda.
Perdona, disculpa que te moleste de nuevo
Una vez con los datos, los he puesto, pero pone Fecha de transmisión (fallecimiento): 01-11-2016.
Yo he puesto un caso como si la vendiéramos esa fecha. Pero no ha muerto nadie, es correcto?
Fecha de transmisión (fallecimiento) es en el caso de herencia, el año de fallecimiento del causante, también se aplica la fecha de trasmisión a una venta.
Lo que sale a pagar debe se correcto, dependerá de los años transcurridos entre la fecha de adquisición y la venta.
Ten en cuenta que esa cantidad es orientativo y el valor exacto dependerá como bien dice el compañero de las ordenanzas fiscales de cada municipio
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