PRÉSTAMO SOLIDARIO Uno de los deudores pacta pagar su parte del préstamo quedando todo el préstamo a los otros 3 deudores

En Mayo del año 2009 firmamos un préstamo 4 titulares solidarios de un importe de 154.000 € con el BANC SABADELL. En Enero del 2010 dejamos de pagar las cuotas por lo que en Julio del 2010 el préstamo se dio por impagado y entró en mora, por lo que en ASNEF y en CIRBE aparecíamos todos los titulares como morosos y naturalmente Banc Sabadell nos demandó en el juzgado y tras obtener sentencia no realizaba la ejecución de la hipoteca a pesar de que podía llevarla a cabo.

En el año 2014 Banc Sabadell vende el préstamo a AIQON CAPITAL, sociedad gestora de cobro de préstamos impagados, de lo que me enteré por las llamadas telefónicas que me hicieron en su momento, naturalmente ya habían transcurrido los 9 días desde que se vendió dicho crédito por lo que no tuve derecho de retracto.

Por lo visto, fue en este punto en el que después de que Banc Sabadell vendiera la hipoteca a AIQON CAPITAL, dicha gestora de impagados AIQON CAPITAL negoció con uno de los 4 titulares que si pagaba una parte del préstamo quedaría liberado de toda deuda y así fue.

Acabo de ir al juzgado y me ha dicho la funcionaria que puesto que hay sentencia del juzgado y ejecución de la sentencia la totalidad de la deuda 154.000 € nos corresponde pagar toda la deuda mas intereses de demora y demás al resto de los titulares solidarios.

Mi pregunta es la siguiente, es posible que uno de los titulares solidarios pagando al acreedor salga de la sentencia y quede libre de todas las cargas y que encima el banco le haya cobrado a el una parte del préstamo y que no nos la liquide? ¿A pesar de que todos firmamos solidariamente ellos se saltan el contrato de préstamo por lo alto y llevan a cabo pactos diferentes a los que se firmaron?

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La verdad es que así contado no se entiende nada.

En cualquier caso, de entrada, si el préstamo es hipotecario ( a lo que parece) lo primero es subastar la vivienda y ver como queda la deuda total,

( Principal más el lote de intereses etc... ) y si queda importe pendiente se va contra los titulares

Es un prestamo personal , no hipotecario. Solo uno de los titulares tenia una propiedad (vivienda) y ha sido el que ha pactado con Aiqon Capital pagar su parte del préstamo.  Cuando el préstamo se dejo de pagar y hubo sentencia del juzgado le hicieron una carga en el inmueble de su propiedad

Un préstamo donde existen deudores solidarios todos responden por igual del importe del préstamo .

Y más cuando además ya hay una sentencia de por medio.

Pactos sobrevenidos como el que comenta que ha hecho esta persona con su acreedor, yo creo que le ponen a él en una clara indefensión porque está sujeto a la caridad del acreedor a que finalmente no quieran ejecutar sentencia, que en cualquier caso deberán hacer si quieren cobrar el resto y ustedes siguen sin pagar.

" Sacarlo " del préstamo como usted plantea entiendo que no es viable como solución jurídica aunque haya pagado parte de la deuda total, su parte por llamarlo de alguna manera .

De hecho, por lo que veo, me confirman que le han hecho una anotación de embargo en la propiedad.

Otra cosa es que " verbalmente " le hayan dicho que si pagaba parte de la deuda no le quitaban la casa.

Bueno, ésto es como todo.

Al final es un tema de fe pero en ningún caso una solución jurídica segura habida cuenta de que hay deuda pendiente de pago que además se incrementa con el tiempo, dia a dia, y que me imagino que antes o después el acreedor querrá cobrar en su totalidad.

Muchas gracias por sus respuestas, pero no es un pacto verbal porque en el propio juzgado la funcionaria que lleva este expediente me ha dicho que han levantado la carga sobre el piso del deudor y el ya ha dejado de aparecer en el préstamo, por lo que a este deudor AIQON CAPITAL(sociedad de gestión a la que le vendió el préstamo BANCO SABADELL, FONDO BUITRE) AIQON CAPITAL nunca podrá reclamarle a el puesto que así lo han pactado. De manera que los otros tres deudores, entre ellos yo, representa que debemos la totalidad del préstamo.

Mi pregunta final sería la siguiente, puedo instar al juzgado que estamos en desacuerdo con el pacto que han hecho puesto que el préstamo que se firmó original con BANCO SABADELL es solidario ? y no estoy de acuerdo en que AIQON CAPITAL pacte con tan sólo uno de los deudores ?

Sigo pensando que jurídicamente no es viable porque la responsabilidad es solidaria, tal y como me lo afirma.

De todos modos, estamos comentando sin los documentos delante, por lo que igual si los tuviéramos delante tendríamos una sorpresa.

Lo único que se me ocurre es que como estas acciones son a instancia de parte, no existe actuación pública de oficio, igual el nuevo acreedor se ha comprometido a no ir contra esa persona .

Hablar de pactos formales entre las dos partes cuando una de las partes no está de acuerdo, o al menos 3/4 , no lo veo posible.

Incluso aunque hubiera habida una refinanciación o novación

Por lo tanto, y si es como usted dice en todos sus términos con los documentos delante, si entiendo que ustedes pueden alegar desacuerdo ante el juzgado, empezando porque por lo que dice desde el principio, se les sigue reclamando el total a pesar de que una parte si se ha pagado.

Además de que, sigo insistiendo, si la responsabilidad es solidaria, todos tienen que asumir el 100 % de la deuda por separado hasta pago total de la misma salvo pacto posterior entre las partes, pero por todas las partes al completo, nó 1/4

¡Gracias! Muchísimas gracias por sus respuestas, ha sido usted muy amable. Pediré la documentación al juzgado a ver si puedo obtenerla. Podría usted facilitarme su correo electrónico para poder contactar con usted por si pudiéramos llevar a cabo alguna acción de disconformidad al respecto ?

UN SALUDO

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