Patio Zona común de uso privativo normas de uso

Si un patio-terraza con acceso único por una vivienda cuyo uso es privativo pero se consudera zona común en la que sus reparaciones siempre se han asumudo por todos lis vecinos ¿se le puede prohibir poner piscina móvil, macetas, arrastre de mobiliario pesado, etc? Cada por años creemos que por su mal uso se producen roturas del solado, goteras...

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Si ustedes pueden demostrar que los daños son causados por el mal uso que hace el vecino, éstos deberán ser reparados por él y no por la Comunidad.

Por otra parte, hay usos que pueden estar prohibidos, bien sea por los Estatutos o por las normas comunitarias, como la realización de obras, la instalación de elementos fijos, etc.

También, como es normal, cualquier actividad que pueda causar daños a la terraza o a otros elementos comunitarios, directa o indirectamente (como podría ser la piscina).

Aún así, llegar al límite de prohibir la colocación de macetas podría parecer excesivo (siempre que hablemos de macetas de tamaño adecuado, cuyo peso no suponga un peligro).

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Conviene matizar los conceptos. La Comunidad atenderá el mantenimiento y reparación de ese patio causado por su uso normal, el copropietario que posee el uso privativo responderá de los daños causados por un uso inadecuado.

La Comunidad podrá impedir al propietario la utilización de objetos o aparatos que claramente dañen la superficie del patio o afecten a la estructura, p. ej. piscina móvil de excesivo peso.

Para mayor información puede leer:

Comunidad de Propietarios: Obligación de mantener los elementos comunes

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