Calculo de las bases para la incapacidad total permanente

Hace poco le han concedido la incapacidad total permanente para la primera profesión a mi marido pero me he percatado que al calcular las bases le han puesto el smi en los últimos 18 meses. Estuvimos en el INEM y allí le comunicaron que los 360 días que tenía de paro se los habían convalidado con el perido de incapacidad temporal. Estuvo cobrando de la mutua por pago directo los 18 meses y se da el caso que además la empresa lo despidió a la semana de estas de baja. La baja era por contingencias comunes. Ahora mi duda es, ¿está obligado el INEM a cotizar a la seguridad social durante los 360 días que tenía derecho a paro dado que se lo han descontado? En ese caso, ¿debería la seguridad social cambiar las bases de cotización de los primeros doce meses de baja por haber cotización por parte del INEM en el cálculo de la incapacidad?

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Respuesta

Al estar de baja por contingencias comunes, es lo mismo estar en el paro que estar de baja. Además por cada día de baja se resta un día de paro, así que en principio el cálculo es correcto.

En el caso que quieras que miremos expresamente el cálculo para comprobar si es o no correcto, contacta con nosotros a través del formulario de contacto http://agsgraduados.es/es/contacto/

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