Mejora de rampa de acceso a portal
En mi edificio, de más de 40 años, para acceder a los ascesores hay que salvar una altura de 1,17 m. Hace años se hizo una rampa de acceso al portal, pero esta tiene una pendiente de 19,5% y 6,36 metros de largo, y un vecino se ha quejado diciendo que le cuesta mucho subir con la silla de ruedas tal desnivel. La vecina ha solicitado (no formalmente por escrito ni presentando un proyecto) que se adapte la rampa a la normativa vigente, en este caso 8% para tramos superiores a 3 metros.
¿Se considera mejora o eliminación de barreras arquitectónicas, y por tanto, una obra obligatoria para la comunidad? ¿Se tendrían que seguir los mismos pasos que para solicitar una rampa nueva?
Respuesta de Emilio Piña
1
1 respuesta más de otro experto
Respuesta de Poli Plos
1