Poner rampa minusválidos

Vivo en guipúzcoa en un piso de protección oficial desde el año 90, ¿ahora hay una persona en la comunidad en silla de rueda y quiere poner una rampa de acceso al portal pero como la escalera es muy inclinada quiere ponerla a través de un pequeño jardín que hay al lado de la escalera y delante de mi ventana que es un primer piso e invadiría mi intimidad ya que iría casi a la altura de la ventana terminando en lo alto de la escalera y mis preguntas son varias
puede obligarnos a dejarle poner la rampa y tener que colaborar en el coste de dicha obra?
¿Somos 15 vecinos de los cuales 7 no están al corrientes de sus cuotas mensuales pueden votar?
¿Cómo puedo impedir que se ponga dicha rampa si es que puedo?

2 Respuestas

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Los propietarios que no estén al corriente de pago en el momento de la Junta, pueden participar PERO NO PUEDEN VOTAR.
En cuanto a lo de la rampa, según el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, hay que ver si el coste de la rampa es menor al importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, si es así, la instalación de la rampa es obligatoria. Si fuera mayor de tres mensualidades, habría que votarlo en Junta y tendría que ser aprobada por doble mayoría simple (tendrían que votar a favor más del 50% de los propietarios que a su vez representasen más del 50% de las cuotas de participación- insistimos que los morosos no cuentan). En ninguno de estos casos puede haber propietarios disidentes, es decir QUE EL PAGO OBLIGA A TODOS LOS PROPIETARIOS.
El problema está en el diseño de la instalación, Vd. debe alegar que según el artículo 11. 4 de la mencionada LPH: las innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un propietario requerirán EL CONSENTIMIENTO EXPRESO DE ESTE.
Resumiendo: Si el coste es mayor de tres mensualidades y no hay mayoría simple no se puede en teoría hacer la obra, pero hay profesionales que opinan que la obra se podría hacer pagándola totalmente el discapacitado
Vd. Debe decir en la Junta que un técnico estudie salvar la pendiente o estudie otro método que NO LA PERJUDIQUE A VD.
Respuesta
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Los vecinos que no estén al corriente de pagos no tienen derecho a voto .
Por otra parte, lo que tienen que hacer es plantear otras opciones de rampa, ascensor eléctrico para esos peldaños ... etc .
Si usted compró la vivienda y delante de su ventana no tenía nada, no pueden ponerlo ahora puesto que usted puede reclamar judicialmente que esa no es la única opción de solucionar el problema de los peldaños, y por tanto, o bien la compensan económicamente o bien se soluciona de otro modo . sea más caro o no .

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