Es posible evitar el impuesto de 2a vivienda en estos términos?

Estoy en una situación en que me veo obligado a comprar una 2a vivienda para mi padre (jubilado y con pequeña pensión), ya que se divorció y se quedó sin casa. Como es lógico y dado que no voy a sacar ningún rendimiento (alquiler) de esa compra y que la misma es simplemente para ayudar a mi padre a tener un techo, ya que por su pensión y edad el banco no le concede hipoteca sólo a él, yo quiero preguntar que debo hacer en notario en el momento de la escritura para que en los años posteriores no me compute esa 2a vivienda en la renta.
Es decir, me han comentado que si concedo usufructo de la misma a favor de mi padre ante notario en la escritura, ¿en las siguientes declaraciones de la renta no tendré que tributar por esa 2a vivienda? ¿Es cierto?

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Lo primero recomendarle se pongan en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Efectivamente, si el usufructo es de su padre y es su vivienda habitual, ni usted ni el tendrán que tributar por ella en la declaración de la renta.

Pero ha de tener cuidado con la posible donación y la tributación correspondiente, así como los gastos de la constitución del usufructo.

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