Tiene en esencia dos opciones
Elegir la compensación o la devolución
Compensación en esencia viene a ser que usted el crédito que tenga a su favor lo va restando del IVA que tenga pasar los siguientes trimestres
Luego tiene la devolución, la cual, en esencia es que solicitas a hacienda que te devuelva, valga la redundancia, el saldo a tu favor .
Dicen las leyendas urbanas que con la devolución suele venir una bonita inspección, por lo que teniendo en cuenta que para un autónomo es prácticamente imposible una liquidación pacífica de IVA y que en hacienda todos somos culpables hasta que demuestras tu inocencia, yo me lo pensaría dos veces
Y siempre claro, el IVA en el mejor de los casos será un 50 % de lo que le corresponda, no caiga en la trampa de quitarse el 100 %
Siempre le dirán que los equipos son de uso mixto
Y si nó, haga la prueba, verá la sorpresa ...