Indemnización accidente tráfico estando de baja médica 108 días

Me gustaría saber cuanto me corresponde según el nuevo baremo de 2017.

3 Respuestas

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Con la nueva legislación del Baremo de 2017, no tan solo tiene derecho por los días de tratamiento médico, ya sean perjuicio básico, moderado, grave o muy grave, sino que también tiene derecho a los gastos generados, y otros perjuicios derivados del siniestro. Es necesario ver el informe de alta dado que pueden existir secuelas, etc. La indemnización puede ser variada dependiendo los perjuicios causados, En nuestro caso como expertos en accidentes de tráfico podemos aconsejarle y orientarle sobre la indemnización. Si lo desea puede contactar conmigo. Att. Marc-Abogado

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Según el baremo aprobado a primeros de año distingue entre días impeditivos y no impeditivos.

De esos 108 días usted conoce cuales son y no son.

En el baremo vienen definidos los valores de ambos días de baja. Es hacer un simple cálculo.

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Aún no hay nada muy definido... normalmente siguen aplicando el sistema anterior.

no llegué a darme de baja en el trabajo, del último me echaron por partirme un dedo del pie , tuve la escayola 30 días y rehabilitación tuve esos 108 días.

Se pagan 30 e por días no impeditivos y 50 por días impeditivos. Si uno no esta trabajando también se podrían considerar impeditivos aquellos que no le permiten hacer sus labores diarias.

Si la escayola es en una pierna, por ejemplo, y durante esos 30 no te puedes mover la oferta podría ser de 1500 € por los 30 días de escayola y 3240 € por los 180 de rehabilitación... es habitual que la compañía contraria oferte algo a la baja y exponga los motivos por los que cree que la oferta debe ser menor... pero como orientación estas cifras te deberían valer.

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