Responsabilidad en la reparación de un desagüe de aguas pluviales, interiores a una vivienda adosada, causando goteras.

Tengo un adosado de tres plantas más un sótano garaje, y terreno en dos fachadas. En la planta superior hay dos terrazas cuyos desagües recogen parte de la lluvia del tejado comunitario, como en el resto de viviendas. Por segunda vez en dos años (la vivienda tiene dieciséis) se ha filtrado agua en una habitación provocando daños en techo, paredes y mobiliario. Mi seguro no cubrió la reparación, y lo reparé por mi cuenta, o eso pensé entonces. Ahora he dado parte a mi seguro, pero no sé si dar parte al seguro de la comunidad, o plantearme anular dichos desagües interiores reformando las terrazas para conseguir una pendiente para canalizar el agua por mi propia fachada hasta el suelo, también dentro de mi propiedad.

¿Es esto posible y legal? ¿Ha de hacerse cargo de la reparación mi seguro o el de la comunidad? Si no es asi, prefiero invertir en la opción exterior en previsión de futuros siniestros. ¿Puedo? ¿Tengo otras opciones? ¿Cuál es la mejor? No se cual es la responsabilidad de cada uno en este caso, ¿pero creo mala decisión la de construir haciendo circular por el interior de las viviendas los colectores pluviales no?

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En teoría cada quien debe asumir el desagüe de las aguas de lluvia propias, lo cual incluye el verterlas a la calle. Lo que no puede hacerse es verter estas aguas en el sistema de aguas negras de la casa, ni que sea la propia, o en casa de un vecino o predio colindante.

Los daños que puedan producirse podrán ser asumidos o no por el seguro. Habría que leer la "letra pequeña" del contrato, ya sea de tu seguro o el de la comunidad.

Dicho ésto, no veo ningún inconveniente a que viertas estas aguas dentro de tu propiedad.

¡Gracias! En nuestro caso todas las pluviales de todas las viviendas, además de circular por el interior de las viviendas, conectan a la bajante de los baños en una tubería en pendiente en la pared de cada garaje, y deduzco de tu respuesta que eso no es correcto. Uf.

Hay que distiguir entre aguas blancas (pluviales), aguas grises (jabonosas procedentes de la limpieza general, incluso cocinas) y aguas negras (llamadas también fecales, procedentes de inodoros, urinarios, etc). Es generalmente aceptado que las aguas grises y las negras vayan al sistema de alcantarillado, pero no todos los ayuntamientos tienen un sistema separativo de las aguas pluviales de las otras dos. De ahí que creo que valdría la pena consultarlo con un aparejador de tu zona para estar más seguro de que lo que tenéis instalado cumple con las necesarias condiciones sanitarias, pues las regulaciones pueden variar de un lugar a otro.

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