Responsabilidad en la reparación de un desagüe de aguas pluviales, interiores a una vivienda adosada, causando goteras.
Tengo un adosado de tres plantas más un sótano garaje, y terreno en dos fachadas. En la planta superior hay dos terrazas cuyos desagües recogen parte de la lluvia del tejado comunitario, como en el resto de viviendas. Por segunda vez en dos años (la vivienda tiene dieciséis) se ha filtrado agua en una habitación provocando daños en techo, paredes y mobiliario. Mi seguro no cubrió la reparación, y lo reparé por mi cuenta, o eso pensé entonces. Ahora he dado parte a mi seguro, pero no sé si dar parte al seguro de la comunidad, o plantearme anular dichos desagües interiores reformando las terrazas para conseguir una pendiente para canalizar el agua por mi propia fachada hasta el suelo, también dentro de mi propiedad.
¿Es esto posible y legal? ¿Ha de hacerse cargo de la reparación mi seguro o el de la comunidad? Si no es asi, prefiero invertir en la opción exterior en previsión de futuros siniestros. ¿Puedo? ¿Tengo otras opciones? ¿Cuál es la mejor? No se cual es la responsabilidad de cada uno en este caso, ¿pero creo mala decisión la de construir haciendo circular por el interior de las viviendas los colectores pluviales no?