Se pueden unir dos pisos de la misma comunidad o de diferentes comunidades?

En la ciudad de La Coruña. ¿Sería legal unir dos pisos? ¿O añadirle una habitación al otro piso? ¿Y un baño? (Sin dejar obviamente ningún piso sin baño)

¿La respuesta variaría si la comunidad fuese diferente? ¿Habría qué contar con permiso de la comunidad?

Entre las dos comunidades la pared divisoria es del mismo grosor que entre pisos o entre habitáculos, no es mayor ni nada, ni es diferente altura, ya que el edificio viene siendo el mismo aunque con comunidades diferentes debido a su tamaño.

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Al ser el mismo edificio, me imagino que un conjunto de edificio con unas zonas comunes compartidas, jardines, garajes, etc. ¿existe una mancomunidad? La Mancomunidad tendrá un estatuto propio, así que tiene que ajustarse a lo que se indique en ese estatuto. Si no hay ningún tipo de regulación, el caso habría que plantearlo ante la delegación de urbanismo de su localidad, por si ellos ven inconvenientes. En mi caso, estoy en la misma situación, pendiente de comprar la vivienda contigua a la mía, que pertenece a otro bloque y comunidad, para ampliar 2 habitaciones y alquilar el resto de la otra vivienda, pero es algo que está permitido en los estatutos de la mancomunidad, siempre que no se realicen modificaciones en los elementos estructurales (y las medianeras no lo son).

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