Cursillos no remunerados de 15 días, previos al contrato de trabajo y en otra Comunidad Autónoma

Por más que intento buscar información en red, sólo encuentro alusiones a contratos formativos etc.

Sin embargo mi caso es distinto. Una empresa para contratarme me pone como condición previa que acuda a cursos de formación (a su central, ya que es una franquicia) situada a más de 700km de mi domicilio y voy acompañada de uno de mis empleadores. Estoy fuera dos semanas. Me pagan la comida y transporte. Los cursos consisten en una parte teórica (manejo de los programas de la empresa y aprendizaje de su catálogo (o sea, no me sirven para nada más que para esa empresa).

Una vez contratada, me despiden y no quieren pagarme los cursos ni consideran que el tiempo de formación hay relación laboral entre los empleadores y yo (el despido se produce a los 25 días del periodo de prueba, que son 30).

¿Tengo derecho a cobrar una formación que no me forma salvo para despachar productos en la empresa?

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¿Has viajado 700 km sin estar asegurada? Siendo una formación tan específica considero que deberían haberte hecho un contrato desde el primer día. Sólo faltaría que hubieras tenido que pagarte tú el viaje y dietas.

Cuando el despido es dentro del período de prueba no te corresponde indemnización. Tú podrías haber ido también dentro de ese período sin preaviso. Es un período de adaptación para ambas partes. Pero durante los 15 días de formación deberías haber tenido un contrato, otra cosa creo que es ilegal.

Yo me informaría en la subdelegación del gobierno de tu provincia. En las Subdelegaciones del Gobierno tienen una oficina sociolaboral que te informa de este tipo de cosas. Si les dices el convenio en el que estabas o los pactos de empresa si los tienen te especificarán mejor la respuesta.

De todas formas estoy casi seguro de que es ilegal que hayas ido a esa formación específica sin contrato. Imagínate (Ojalá que no) que hubieras tenido un accidente y te hubiera ocurrido algo grave. El papelón sería impresionante y no tendrías derecho a las prestaciones normales por no estar dada de alta en Seg. Social.

Me parece un poco abuso por parte de la empresa.

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