¿Se puede pagar a plazos la devolución de la paga de Orfandad?

¿Se puede pagar a plazos la devolución de la paga? Me ha llegado la segunda carta diciéndome que tengo 1 mes para pagarlo, pero no me da la opción a pagarlo en varias veces...

Ya que la primera carta fue para decirme el importe y si quería reclamar, tenia POR tiempo para hacerlo. Pero esta es la segunda ya. Tengo miedo de que me venga con intereses, o con recargo.

2 respuestas

Respuesta
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En teoría sí, si alegas una clara voluntad de pago y una carencia de medios económicos para hacerlo, podrías conseguir un fraccionamiento del pago, eso sí, con los correspondientes intereses.

Sin más pérdida de tiempo deberías acudir al órgano gestor y plantear tu problema y de inmediato solicitar por escrito un aplazamiento del pago.

Pero si lo fracciono,me cobran intereses? O es si me paso del plazo? 

Si lo fraccionas y te lo aceptan te cobrarán intereses, y si se te pasa el plazo te cobrarán intereses y recargo de apremio. Y en caso de no pagar, se incoarían los tramites necesarios para acometer una posible orden de embargo, de bienes, derechos y/o efectivo.

No lo dejes.

Respuesta

No no, si pagar se va a pagar.

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