Devolución de pensión de orfandad.
Desde Enero de 2010 hasta
Noviembre de 2011, he percibido una prestación de orfandad. Como
trabajo, Seguridad social me reclamó la totalidad de los importes de los
dos años percibidos.
Reclame y adjunte las nominas, y tras
Reconsiderarlo el organismo, estimaron en parte mi solicitud, .rebajando
a la mitad, es decir tan solo ahora me reclaman la totalidad de 2011
por importe de 2308,10€, dado que acredite que en 2010 no había
traspasado el limite de ingresos brutos de 8.866,20€. Lo importante lo
explico ahora.
En 2011 traspase el limite de ingresos brutos para
ese año en el mes de Noviembre, coincidiendo con la extinción natural de
la prestación, reclamándome el año entero y aludiendo a R.D. 1465/2001.
Como sabes este decreto viene a decir que si traspasas el limite de
ingresos brutos se suspenderá la pensión desde el el día siguiente a la
propia concurrencia de la causa de la suspensión. Es decir, yo
interpreto que se me suspenderá desde el día siguiente en el que
concurra en pasarme de los limites. ¿Es justo que me soliciten la
prestación completa del 2011?, ¿O deberían hacerlo a partir de la fecha
en que deberían haberla suspendido en Noviembre de 2011?. Por favor, mi
nombre es Patricia, y tengo 21 años. Es muy importante para mi, porque
me quedan dos días de plazo para poder reclamar nuevamente.