Puede mi hijo tener documentación española, ¿Sin tenerla yo?

Quisiera saber si mi hijo puede optar a tener documentación española, yo aun no la tengo he intentado pedirla y me la han desestimado, mi hijo ha nacido aquí en españa tiene 8 años y aun no tiene ningún tipo de documento, lo necesita para el colegio pero si yo no la tengo él tampoco puede tenerla o al menos es lo que me han dicho en la policía, soy madre soltera, tengo a toda mi familia aquí en españa, quisiera saber solo si mi hijo puede tener la tarjeta sin que yo la tenga.

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Respuesta
1

Estimada Maricela:

Para su hijo optar por la nacionalidad española, unos de los padres deberá estar en situación regular en España.

Primero darle la residencia al menor y luego puede optar por la nacionalidad española.

Respuesta

Lo que le ha dicho la policía es absolutamente incorrecto, y totalmente de acuerdo con Tolentino Abogados. Únicamente me gustaría añadir matices.

Es importante conocer su nacionalidad, ya que existen paises que no reconocen automáticamente la nacionalidad a los hijos de sus ciudadanos, si usted es de uno de esos paises su hijo sería español por el mero hecho de haber nacido aqui.

En todo caso:

Si usted está en España de forma irregular debe primero conseguir residencia legal, tal y como le ha apuntado Tolentino Abogados en su respuesta. Automáticamente su hijo tendrá el mismo permiso y transcurrido un año podrá optar a la nacionalidad. Teniendo como tiene usted más de tres años de residencia en España y que tiene vínculos con otros extranjeros residentes en el país no es muy complicado regularizarse, únicamente necesita conseguir una oferta de trabajo y podrá optar a residencia por circunstancias excepcionales.

Si usted está legalmente en España, es decir, si tiene usted, o el padre de su hijo, permiso de residencia, tenga en cuenta que el menor nacido en España adquiere automáticamente la misma autorización de residencia de la que sea titular cualquiera de sus progenitores, por lo que en este caso puede usted pedir la nacionalidad para su hijo desde ya, puesto que los nacidos en territorio español de padres extranjeros con residencia legal pueden optar a la nacionalidad española tras UN (1) año de residencia. En este caso debe usted presentar la solicitud en el registro civil de su población de residencia.

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