Devolución (antes de 14 días) de televisor defectuoso comprado a distancia
Según este texto de Legálitas:
<<El derecho de desistimiento
Dispone usted de un plazo de 14 días naturales desde la recepción del producto para cambiar de opinión y resolver el contrato, sin gasto ni penalización alguna, siempre que devuelva el artículo sin menoscabo, aunque puede estar desembalado. Es recomendable comunicar ese desistimiento de un modo fehaciente.>>
En enero devolví (a los 7 días) un televisor comprado a distancia porque no sonaba (el fabricante lo comprobó remotamente).
Por haber abierto los embalajes y probado el televisor y sus accesorios, solo acceden a devolverme el 90% de lo que pagué alegando que tras devolvérselo a ellos les sonaba y no tienen más existencias.
No he sido capaz de encontrar texto legal alguno (ley, criterio o jurisprudencia) que se pronuncie sobre las palabras en negrita del primer párrafo y me urge ya que necesito fundamentos jurídicos sólidos para usar en el más que previsible juicio monitorio/verbal.