Consulta sobre comunidad de vecinos ( azotea/terraza/cubierta)
Vivo en el ático de una comunidad donde hay una escalera de gato (en forma de U) en mi pequeña terraza a la cual se accede a la cubierta de la comunidad. Esta cubierta no tenia ningún tipo de protección y directamente habían 25 metros hasta el suelo. La escalera de gato o en forma de U tenia 3 metros hasta el suelo sin ninguna protección tampoco. Me encontré a mis hijas de 4 años que habían subido a la cubierta y estaban jugando. Por seguridad pedí en la reunión de vecinos durante 2 años que yo, únicamente pagaría por el la barandilla. La comunidad me lo aceptó. Cuando hice la reforma de la cubierta de la comunidad (barandilla) modifique la escalera a una escalera con mucha mas seguridad.
Tengo de puntualizar que yo soy el único con acceso a esta cubierta que ademas se ha gastado unos 600€ hace un año porque estaba totalmente dejada. Según la ley catalana (porque vivo en sant cugat del valles) y según la constitución de las escrituras de la comunidad y basándome en el art. 553-42 i 43 indica que :
Artículo 553-42 Uso y disfrute de los elementos comunes
El uso y disfrute de los elementos comunes corresponde a todos los propietarios de elementos privativos y debe adaptarse al destino establecido por los estatutos o al que resulte normal y adecuado a su naturaleza, sin perjudicar el interés de la comunidad.
Rtículo 553-43 Elementos comunes de uso exclusivo
1. En el título de constitución o por acuerdo unánime de la junta de propietarios, puede vincularse a uno o varios elementos privativos el uso exclusivo de patios, jardines, terrazas, cubiertas del inmueble u otros elementos comunes. Esta vinculación no les hace perder la naturaleza de elemento común.
Resumiendo, ahora la comunidad me dice que quite la escalera (había una obligatoria en mi casa para acceder a la terraza o cubierta) y que quite las plantas y el césped artificial.
¿Cómo tengo de actuar? ¿Si me ponen una demanda hay posibilidad de querellarme con ellos y ganar?