Dividir herencia en partes iguales
Verá, mis padres son ya mayores, así que tuve la genial idea de proponerles hacer un testamento para que estuviera todo arreglado y no hubiera problemas en un futuro entre los 4 hermanos que somos.
Mi hermano mayor vive en una propiedad de mis padres desde hace 27 años y nunca ha pagado alquiler. Es más, ha alquilado durante temporadas una habitación, obteniendo beneficio. Debo decir que no tiene a nadie a su cargo, tiene 2 carreras y unos cuantos másters.
Mi hermano el 3º sufre de fobias y no ha trabajado jamás y tampoco se ha movido para tener un reconocimiento médico y una paga. Vive con mis padres en su vivienda habitual.
Pues bien. Me han comunicado que ya van a hacer el testamento y, un piso será para el mayor y otro para el 3º, con lo cual, para el 2º y para mi no queda prácticamente nada. Que les da pena echarlos de casa. Y que entre los tres tendremos que pagar un sueldo al 3º, supongo que querrán incluir alguna cláusula. Aunque igual me sale más a cuenta renunciar a mi parte que será lo poco que tengan en metálico (que se consumirá en sus necesidades antes de que fallezcan y en el propio entierro)
Creo que lo han hecho fatal y ha ocurrido justo lo que quise evitar.
Tal vez yo hubiera dejado la propiedad más pequeña al 3º, dividiendo la otra en 3 partes iguales y que cada cual se busque la vida como hemos hecho el 2º y yo, que además somos los que tenemos hijos. Y haber arreglado hace siglos la paga y un plan de pensiones para el 3º.
En fin, que me enrollo demasiado. Mi pregunta es: si llevan a cabo el testamento, ¿podré reclamar para mí lo que creo que es justo?
Muchas gracias. Siento no haber sabido ser más escueta jeje
Te equivocas de medio a medio, Magda. Quien escribe en el foro se refiere por defecto a la ley común civil, no a las especialidades de los territorios. En primer lugar, porque ya existen foros especializados en esos lugares (no necesariamente comunidades autónomas: cfr.: derecho foral vasco), y en segundo lugar, porque lo especial hay que mencionarlo, presumíendose en otro caso que se está hablando del general, pues para eso tiene ese nombre. Así, los consultantes que escriben desde Cataluña o País Vasco lo hacen saber en primer lugar. Si no se dice nada, la respuesta sobre derecho civil común es correcta. - Juan Carlos Santos