Como debo plantearme la herencia

Mi padre falleció el año pasado de un cáncer terminal, y las relaciones con su familia no eran demasiado fluidas. En algunos momentos le habían hecho la vida difícil.
De siempre, mi abuelo le había dicho que un adosado adjunto a la casa de ellos y por terminar sería para él. En el 2000 se hizo un intento para distribuir los bienes de los abuelos entre los tres hermanos, pero la avaricia de una de ellas llevó al traste con todo. Un par de años después vendieron dicho adosado por una suma importante de dinero, ¿qué podría rondar los 360.000? O quizá más, depende, porque mi abuelo es muy aficionado al dinero negro.
Ahora que mi padre ha fallecido, ¿puedo reclamar su parte?, ahora mi parte por estirpe, ¿Tengo qué esperar a que uno de mis abuelos fallezcan? O los dos?
¿Qué puedo hacer y como plantearlo? ¿Y qué debería hacer? No quiero que me quiten la parte de mi padre.
Pd: Mi abuela tiene diagnosticado una carcinomatosis peritoneal y en teoría la esperanza de vida de estos enfermos es de entre 6 meses y un año, aunque ellos no saben que yo lo sé.

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Como imagino que usted sabe, cualquier propietario puede en vida vender cualquiera de sus propiedades. Por eso mientras vivan sus abuelos pueden vender lo que quieran.
Por otro lado, se hereda cuando una persona fallece y tras un acuerdo con los otros herederos ya que todos han de firmar ante notario el cuaderno particional. Por tanto mientras sus abuelos vivan no hay herencia. La habrá cuando fallezcan, por lo que no puede reclamar nada actualmente.
Mínimo tendrá que esperar a que uno fallezca para reclamar la parte del fallecido, aunque no se lo recomiendo, pues no va a adelantar nada y además agriará las relaciones familiares de tal forma que el cónyuge sobreviviente puede dejarle una mínima parte.
Imagino que sus abuelos estarán casados en gananciales, por lo que lo que haya es de los dos al 50% para cada uno.
Por ejemplo, si cuando fallezca uno dejan un piso, el 50% es del sobreviviente y el otro 50% de los herederos del fallecido.
Se podría repartir el 50% del fallecido, pero según lo que contenga el testamento.
Mientras no fallezcan no sabemos si hay testamento ni que reparto hacen. Por tanto, no puede hacer nada de momento.
Lo que si que podemos hacer es que te voy a informar de como va el tema de las herencias para que conozcas desde hoy tus derechos.
La herencia son tres partes. Imagina una tarta. Dos tercios son para los herederos forzosos, y se llama "la legítima" que en este caso son los hijos porque los hay y no importa que uno haya fallecido. Su parte pasa a sus respectivos hijos.
De estos dos tercios uno es la "estricta legítima que es a repartir entre los hijos a partes iguales.
El otro tercio se llama "tercio de mejora" y con él, el testador puede mejorar la herencia de uno de los hijos. Es decir, que puede dejárselo entero a uno de los hijos, a dos, o a repartir entre todos.
El tercer trozo de la tarta es el "tercio de libre disposición" que el testador puede dejarlo a quien quiera. Un amigo, al cónyuge, a un hijo, a todos, a una ONG, al vecino del quinto... a quien quiera.
Todo esto en caso de que deje testamento. Si no lo deja, su herencia es a repartir a partes iguales entre todos los hijos. El cónyuge solo tiene derecho al usufructo vitalicio del tercio de mejora.
Por otro lado, hay una cosa que pocas personas conocen y te la voy a decir. Pongamos que tu abuelo ha vendido ese chalet. Y que el dinero se lo da a dos de sus hijos y a ti nada. Si en el testamento no dice que esa cantidad dada a los hijos no entre "en colación", se podrá reclamar, como donación en vida pero que pertenece a la herencia.
Colación es que al fallecer, aunque ya esté en manos de otros, se puede solicitar que se sume lo dado a la herencia. Pero si el testador tuviera la precaución de decir en el testamento que no desea que ese dinero dado en vida a sus hijos entre en colación, podrás reclamarlo.
En fin, que de momento no puedes reclamar nada y con lo que te he comentado de lo que dice la Ley, tu verás si te merece la pena el reclamar nada más fallezca tu abuela, ya que tu abuielo podría modificar su testamento dejándote muy poquito y a los otros hijos la mayor parte.
Si no tienes más que añadir, te ruego valores y finalices la pregunta para que se me quede libre.
Tengo 20 años y algunas leyes y normas como la partición en tercios la sabia pero de la "colación" no había escuchado nunca nada, eres un genio.
Creo que ya tengo parte de la solución a mi problema.

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